Estructura y Funcionamiento de los Poderes del Estado en España

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Funcionamiento General

El presente documento detalla la estructura y las funciones de los principales poderes del Estado español, conforme a los principios constitucionales.

Tipos de Sesiones

  • Sesión Ordinaria: Actividad regular de los órganos.
  • Sesión Extraordinaria: Convocada para asuntos urgentes o específicos.
  • Sesión Conjunta: Participación de diferentes órganos o cámaras.

El Poder Judicial

El Poder Judicial es uno de los poderes del Estado que tiene como misión la resolución concreta de los conflictos de intereses que se planteen entre individuos o entre estos y la comunidad, aplicando la normativa vigente en cada caso.

Características del Poder Judicial

  • La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial.
  • Los jueces y magistrados son independientes, inamovibles, responsables y sometidos a la Constitución y al imperio de la ley.
  • Principio de unidad jurisdiccional.
  • Todo el mundo está obligado a colaborar con jueces y magistrados.
  • La justicia será gratuita para aquellas personas que no puedan costearla.
  • Las actuaciones judiciales serán públicas.
  • El Estado se hará cargo en caso de error judicial.
  • Los ciudadanos participarán en la administración de justicia.
  • La Policía Judicial tiene como misión el auxilio a los tribunales, juzgados y Ministerio Fiscal.
  • Los miembros del Poder Judicial tienen una serie de incompatibilidades por su cargo.

El Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, con sede en Madrid, es un órgano jurisdiccional único en España con jurisdicción en todo el territorio nacional. Es el Tribunal Supremo en todos los órdenes, salvo en lo dispuesto en materia de garantías y derechos fundamentales.

Funciones del Tribunal Supremo

  • Decidir los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
  • Enjuiciamiento de altos miembros de los órganos del Estado.
  • Proceso de declaración de ilegalización de partidos políticos.

El Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional es el supremo intérprete de la Constitución. Es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido solo a la Constitución y a su Ley Orgánica.

Composición del Tribunal Constitucional

  • Nombramiento:
    • 4 a propuesta del Congreso.
    • 4 a propuesta del Senado, con idéntica mayoría.
    • 2 a propuesta del Gobierno.
    • 2 a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
  • El Pleno: Está integrado por todos los magistrados del Tribunal. Lo preside el Presidente del Tribunal, el Vicepresidente y el magistrado más antiguo.
  • Las Salas: Son 2.

Funciones del Tribunal Constitucional

  • Recurso y cuestión de inconstitucionalidad.
  • Recurso de amparo.
  • Conflictos constitucionales de competencias.
  • Conflictos entre órganos constitucionales del Estado.
  • Conflictos en defensa de la autonomía local.

El Poder Ejecutivo

En España, el Poder Ejecutivo responde al modelo de monarquía parlamentaria establecido por la Constitución. Existen dos magistraturas diferentes: la Jefatura del Estado, representada por el Rey, y la Jefatura del Gobierno, que recae en el Presidente del Gobierno.

El Rey carece de poder político. Es el Presidente del Gobierno quien, junto a sus ministros, lleva a cabo la función de gobierno.

Funciones del Poder Ejecutivo

  • Dirigir la política interior y exterior.
  • Dirigir la administración civil y militar.
  • Ejercer la función ejecutiva.
  • Ejercer la potestad reglamentaria.
  • Ejercer la potestad legislativa (en ciertos casos).
  • Aprobar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado.
  • Declarar los estados de alarma y excepción.
  • Disponer de la emisión de deuda pública.

Principios Básicos del Gobierno

  • Dirección presidencial.
  • Colegialidad (el Consejo de Ministros).
  • Departamentalidad.

Composición del Gobierno

  • Presidente.
  • Vicepresidente(s).
  • Ministros.
  • Comisiones Delegadas del Gobierno.

Nombramiento del Presidente del Gobierno

  1. Proposición de candidato.
  2. Exposición del programa político.
  3. Confianza:
    1. Otorgamiento de confianza.
    2. No otorgamiento de confianza.

Control del Gobierno

  • Control Rutinario:
    • Interpelaciones.
    • Mociones.
    • Preguntas.
  • Control Excepcional:
    • Cuestión de Confianza:
      • La presenta el Presidente del Gobierno.
      • La aprueba el Congreso por mayoría simple.
      • Si no se aprueba, dimite el Gobierno y se nombra un nuevo Presidente del Gobierno.
    • Moción de Censura:
      • La presenta al menos una décima parte de los diputados.
      • La aprueba la mayoría en el Congreso.
      • Si se aprueba, dimite el Gobierno y se nombra al candidato a Presidente del Gobierno que incluya la propuesta.

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