Estructura y Funcionamiento del Poder Judicial en Uruguay
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El Poder Judicial de Uruguay: Estructura y Funcionamiento
El Poder Judicial de Uruguay es uno de los poderes del Estado uruguayo, cuya función principal es la jurisdiccional.
El Poder Judicial está dividido en Juzgados y Tribunales, habiéndose adoptado el sistema colegiado (considerado más eficaz para la deliberación y el consenso) para los organismos superiores y el unipersonal (generalmente más rápido en la toma de decisiones) para los inferiores.
Organización del Poder Judicial Uruguayo
Suprema Corte de Justicia
Se compone de cinco miembros elegidos por la Asamblea General (Poder Legislativo).
Para ser miembro de la Suprema Corte de Justicia se requiere:
- Cuarenta años cumplidos de edad.
- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con diez años de ejercicio y veinticinco años de residencia en el país.
- Ser abogado con diez años de antigüedad o haber ejercido con esa calidad la Judicatura o el Ministerio Público o Fiscal por espacio de ocho años.
Tribunales de Apelaciones
Se componen por tres miembros elegidos por la Suprema Corte con la aprobación de la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente.
Para ser miembro de un Tribunal de Apelaciones, se requiere:
- Treinta y cinco años cumplidos de edad.
- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con siete años de ejercicio.
- Ser abogado con ocho años de antigüedad o haber ejercido con esa calidad la Judicatura o el Ministerio Público o Fiscal por espacio de seis años.
Existen diversas especializaciones en los Tribunales de Apelaciones:
- Tres Tribunales de Apelaciones Laborales, que entienden en los asuntos de trabajo por apelación de casos provenientes de los Juzgados de Trabajo de Montevideo y de los Letrados del interior.
- Siete Tribunales Civiles, que entienden en apelación en todas las demás materias (civil, comercial).
- Dos Tribunales de Familia.
- Tres Tribunales Penales.
Juzgados Letrados
Posteriormente, se encuentran los diversos juzgados letrados que en Montevideo tienen especialidad en:
- Contencioso Administrativo (3)
- Penal (21)
- Civil (20)
- Familia (28)
- Laboral (15)
- Menores (4)
- Concursos (2)
- Aduana (1)
- Familia de Urgencia (4)
En el interior del país, existe solo la especialidad penal, y en Salto, Paysandú y Maldonado, se encuentran juzgados especializados en familia y laboral (conjuntamente).
Para ser Juez Letrado, se requiere:
- Veintiocho años cumplidos de edad.
- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con cuatro años de ejercicio.
- Ser abogado con cuatro años de antigüedad o haber pertenecido con esa calidad por espacio de dos años al Ministerio Público o Fiscal o a la Justicia de Paz.
Juzgados de Paz
Por debajo de los juzgados letrados, se encuentran los Juzgados de Paz, presentes en las capitales de los departamentos, en los pueblos y en las villas del interior, y también en Montevideo.
Montevideo es el único departamento donde existe una instancia de conciliación a este nivel. Paralelamente, en materia Penal, existe el Tribunal de Faltas.
Para ser Juez de Paz se requiere:
- Veinticinco años cumplidos de edad.
- Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con dos años de ejercicio.
A las calidades enunciadas, se deberán agregar la de abogado para ser Juez de Paz en el departamento de Montevideo y la de abogado o escribano público para serlo en las capitales y ciudades de los demás departamentos.