Estructura y Funcionamiento del Gobierno Municipal en España

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Estructura y Funcionamiento del Gobierno Municipal

La organización municipal en España se rige por una estructura definida para asegurar la gobernanza local.

Órganos de Gobierno Municipales

  • Los órganos de gobierno municipales son: el Pleno del Ayuntamiento, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local (esta última en los municipios de más de 5.000 habitantes).
  • A los municipios con menos de 100 habitantes y a aquellos que cuenten con este régimen de gobierno y administración les será de aplicación el régimen de Concejo Abierto. Este régimen corresponde a un Alcalde y una asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores.

El Alcalde

El Alcalde es una figura central en la administración municipal.

Rol y Nombramiento del Alcalde

  • Es un órgano unipersonal. Su nombramiento se realiza por la corporación municipal electa.

Procedimiento de Elección del Alcalde

  • Pueden ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas.
  • Si alguno de ellos obtiene mayoría absoluta de los votos de los concejales, es proclamado electo.
  • Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría, es proclamado Alcalde el concejal que encabece la lista más votada. En caso de empate, se resolverá por sorteo.

Funciones y Atribuciones del Alcalde

  • El Alcalde es el presidente del Ayuntamiento y la primera autoridad gubernativa del municipio. Preside, por su cargo, la corporación, dirige su gobierno y administración y ostenta la representación del municipio.
  • Además, entre otras atribuciones, nombra y cesa a los Tenientes de Alcalde y a los miembros de la Junta de Gobierno Local, convoca y preside las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, dirige la policía municipal, contrata obras menores, ejerce la jefatura superior del personal de la corporación, aprueba la oferta de empleo público, dicta bandos, hace cumplir las ordenanzas y los reglamentos municipales, y decide empates con el voto de calidad.

Moción de Censura al Alcalde

  • Los alcaldes pueden ser destituidos de su cargo por moción de censura, adoptada por mayoría absoluta del número total de concejales. A estos efectos, todos los concejales pueden ser candidatos. Por otro lado, ningún concejal puede suscribir durante su mandato más de una moción de censura.

Cuestión de Confianza del Alcalde

  • Por otra parte, los alcaldes pueden plantear al Pleno una cuestión de confianza en relación a la aprobación o modificación de los presupuestos, el Reglamento Orgánico, las Ordenanzas Fiscales y la aprobación final de los instrumentos de planeamiento general. Los acuerdos sobre estas cuestiones requieren de un quórum de votación exigido por la ley.
  • Presentada la cuestión de confianza, si el alcalde no obtiene los votos favorables necesarios, cesará automáticamente, procediéndose a la elección de uno nuevo. Cada alcalde puede plantear como máximo una cuestión de confianza cada año, contado desde el inicio de su mandato, y no puede presentar más de dos durante la duración total del mismo. En el último año de mandato no se puede plantear una cuestión de confianza.

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