Estructura y Funcionamiento del Estado Español: Constitución, Poderes y Organización Territorial

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Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978 es la norma fundamental que prevalece sobre cualquier otra y a la que están sujetos tanto los ciudadanos como los poderes públicos. Comprende 169 artículos divididos en un Título Preliminar y 10 Títulos.

1. Derechos y Deberes Fundamentales (artículos 10-55)

Se clasifican en:

  • Derechos personales: a la vida y libertad física, igualdad ante la ley, libertad ideológica y religiosa, libertad de expresión, libertad de enseñanza, intimidad, libertad de residencia y circulación, inviolabilidad del domicilio.
  • Derechos políticos y sociales: reunión y manifestación, asociación, constitución de partidos políticos, libertad de sindicación, huelga, cierre patronal, petición, medio ambiente adecuado, participar en asuntos públicos.
  • Derechos y Deberes ciudadanos: Servicio militar y objeción de conciencia, sostenimiento del gasto público, derecho al matrimonio, derecho a la propiedad privada y herencia, derecho y deber de trabajar, negociación colectiva, libertad de empresa, colegios profesionales.

2. De la Corona (artículos 56-65)

España es una monarquía parlamentaria. El jefe de Estado es un rey hereditario y vitalicio, que reina pero no gobierna, careciendo de poder ejecutivo. Artículo 56: La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.

Sucesión de la Corona: Seguirá el orden primogénito (artículo 57). Los varones tienen preferencia; a igual sexo, será el de mayor edad.

3. De las Cortes Generales (artículos 66-96)

Representan el poder legislativo. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Son inviolables.

  • Congreso de los Diputados: Se compone de entre 300 y 400 diputados (actualmente 350), elegidos cada 4 años por sufragio universal.
  • Senado: Es la cámara de representación territorial, encargada de aprobar o rechazar las medidas propuestas por el gobierno. Compuesto por 264 senadores: 208 mediante sufragio universal y 56 designados por las Comunidades Autónomas.

Fuentes del Derecho

  • Ley: Norma dictada por la autoridad competente, de carácter general y justo.
  • Costumbre: Norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, obligatoria para la comunidad.
  • Jurisprudencia: Criterios que, de modo reiterado, establece el Tribunal Supremo en sus sentencias al interpretar la ley.
  • Tratados internacionales: Acuerdos entre Estados.
  • Principios generales del derecho: Fundamentos no escritos que inspiran la elaboración de las leyes.

4. Del Gobierno y la Administración (artículos 97-107)

Artículo 97: El Gobierno es el órgano que dirige la política interior y exterior, la administración y la defensa del Estado, ejerciendo la función ejecutiva.

El Gobierno se constituye mediante el proceso de investidura tras la celebración de las elecciones generales, y posteriormente se nombra al presidente del Gobierno. El Rey propone un candidato al Congreso, quien expone su programa. El Congreso debe aceptarlo por mayoría absoluta (mitad más uno). Si no se alcanza, pasadas 48 horas se realiza una segunda votación por mayoría simple. Si transcurridos dos meses no hay candidato, el Rey disuelve las Cámaras y se celebran nuevas elecciones.

Administración Pública: Es el elemento no político formado por organismos. Artículo 103: Sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

5. De las Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (artículos 108-116)

Artículo 108: El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados.

  • Interpelaciones y preguntas: El Gobierno y sus miembros están sometidos a preguntas formuladas por la Cámara.
  • Cuestión de confianza: Planteada por el propio presidente para obtener el respaldo del Congreso.
  • Moción de censura: Exige responsabilidades políticas al Gobierno (requiere 1/10 de los diputados).
  • Disolución de las Cámaras: Instrumento político que se emplea cuando el Gobierno no consigue los apoyos parlamentarios necesarios.

6. Del Poder Judicial (artículos 117-127)

En España rige el principio de unidad jurisdiccional, existiendo una única justicia en todo el Estado. Los tribunales son:

  • Tribunal Supremo: Órgano superior.
  • Audiencia Nacional: Sede en Madrid, jurisdicción en toda España.
  • Tribunal Superior de Justicia: Máximo órgano en las Comunidades Autónomas.
  • Audiencia Provincial: Sede en cada capital de provincia.
  • Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz.

7. Economía y Hacienda (artículos 128-136)

  • Presupuestos Generales del Estado: Ley en la que se plasma la totalidad de los ingresos y gastos del Estado.
  • Tribunal de Cuentas: Órgano supremo de control de las cuentas y de la gestión económica del Estado.

8. De la Organización Territorial del Estado (artículos 137-158)

Se divide en tres niveles: Principios generales, Administración local y Comunidades Autónomas.

  • Provincia: Agrupación de municipios.
  • Comunidad Autónoma: Formada por provincias.

9. Del Tribunal Constitucional (artículos 159-165)

Es el órgano del Estado encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución y de ejercer la justicia constitucional. Sus miembros son nombrados entre magistrados y fiscales por un período de 9 años.

  • Recurso de Inconstitucionalidad: Se interpone ante el Tribunal para determinar si una ley es contraria a la Constitución.
  • Recurso de Amparo: Se presenta cuando los poderes públicos han violado derechos fundamentales.

10. De la Reforma Constitucional (artículos 166-169)

Procedimientos: Los proyectos de reforma deberán ser aprobados por mayoría de 3/5 de cada Cámara. Si no hay acuerdo entre ambas, se podrá obtener un texto que será tratado por el Congreso y el Senado. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, se someterá a referéndum. La Constitución fue modificada para permitir la entrada de España en la Unión Europea.

Jerarquía de Normas

Tratados

1. Leyes: Legislación directa del poder legislativo:

Ley Orgánica: Requiere mayoría absoluta (1/2 de los votos más 1 voto favorable).

Ley Ordinaria: Requiere mayoría simple (más votos a favor que en contra).

2. Leyes del Poder Ejecutivo:

Real Decreto-Ley: Entra en vigor al ser publicado.

Real Decreto Legislativo: El Parlamento da un mandato concreto y un tiempo: ley marco y texto refundido.

3. Reglamentos: Real Decreto de Consejo de Ministros, Real Decreto de Presidencia de Gobierno, Órdenes de las Comisiones Delegadas de Gobierno, Órdenes Ministeriales, Circulares, Instrucciones.

Proceso de Investidura

Es el proceso mediante el cual el Gobierno se constituye con un presidente y cesa con la celebración de las elecciones generales.

España

España es un país soberano, miembro de la Unión Europea, constituido en Estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Su territorio, con capital en Madrid, ocupa la mayor parte de la península Ibérica, al que se añaden los archipiélagos de las Islas Baleares y de las Islas Canarias.

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