Estructura y Funcionamiento de la Administración Local en España: Municipios y Provincias

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Organización Municipal

La organización municipal se distingue entre órganos comunes y órganos especiales.

Órganos Comunes

  • Alcalde: Elegido por los concejales o por los vecinos, dirige el gobierno local y representa al ayuntamiento.
  • Tenientes de Alcalde: Sustituyen al alcalde en su ausencia.
  • Concejales: Son elegidos por los vecinos. El Pleno, presidido por el alcalde e integrado por los concejales, tiene entre sus funciones más importantes:
    • Control y fiscalización de los órganos de gobierno.
    • Aprobación de presupuestos.
    • Votación sobre la moción de censura al alcalde.
    • Aprobación de planes urbanísticos.
    • Aprobación de la plantilla municipal.
  • Comisión Especial de Cuentas: Encargada de fiscalizar las cuentas anuales del ayuntamiento.

Competencias Municipales

Todos los municipios deben garantizar la prestación de servicios esenciales, como:

  • Alumbrado público.
  • Cementerio.
  • Recogida de residuos.
  • Limpieza viaria.
  • Abastecimiento domiciliario de agua potable.
  • Alcantarillado.
  • Pavimentación de las vías públicas.
  • Control de alimentos y bebidas.
  • Acceso a los núcleos de población.

Concejo Abierto

El régimen de Concejo Abierto se aplica en:

  • Municipios con menos de 100 habitantes.
  • Aquellos que, tradicionalmente, cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.
  • Otros en los que la localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.

Su estructura se compone de:

  • El Alcalde, elegido directamente por los electores.
  • La Asamblea Vecinal, integrada por todos los electores.

La Provincia

La provincia es una entidad local, con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios.

Principios y Funciones Esenciales

  • Debe garantizar los principios de solidaridad y equilibrio entre los distintos municipios que la integran.
  • Asegurar la prestación, en la totalidad del territorio provincial, de los servicios de competencia municipal.
  • Actuar como coordinador de la administración local con la autonómica y estatal.

Órganos de la Organización Provincial

  • Presidente de la Diputación: Elegido por los diputados provinciales.
  • Vicepresidentes de la Diputación: Sustituyen al presidente en su ausencia.
  • Diputados Provinciales: Su número se determina según la población de cada provincia.
  • Pleno: Constituido por el presidente y los diputados provinciales.

Competencias Provinciales

  • Coordinación de los servicios municipales entre sí.
  • Cooperación jurídica, económica y técnica con los municipios.
  • Prestación de servicios públicos de ámbito supramunicipal.

Otras Entidades Locales

  • Comarcas: Entidades para la prestación de servicios comunes a varios municipios.
  • Áreas Metropolitanas: Integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas.
  • Mancomunidades de Municipios: Asociaciones libres de municipios para la gestión conjunta de servicios o fines comunes.

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