Estructura y Financiación de la Administración Local y Autonómica en España

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La Administración Local y Autonómica en España

5.4 El régimen de concejo abierto

Es un régimen municipal especial en el que el gobierno y la administración municipales corresponden al alcalde y a una asamblea vecinal de la que forman parte todos los vecinos.

5.7 La provincia

La provincia aparece definida en el artículo 141 de la Constitución de la siguiente forma: La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. La provincia es la circunscripción electoral para la elección de diputados y senadores de las Cortes Generales y para la elección de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. El territorio de las provincias está integrado por el conjunto de términos municipales que conforman administrativamente la provincia. El territorio español está dividido en 50 provincias, cuyos límites y capitalidad sólo pueden modificarse mediante una ley orgánica.

A. El gobierno provincial

El gobierno y la administración de las provincias están encomendadas a las diputaciones y otras corporaciones de carácter representativo.

El presidente de la Diputación

Es el órgano unipersonal que dirige el gobierno y la administración de la provincia, y representa a la diputación. Es el encargado de representar a la diputación y dirigir el gobierno y la administración provinciales en unos términos muy similares a los establecidos para los alcaldes.

Posible Pregunta:

¿Qué significa que las entidades locales tengan autonomía administrativa pero no política? Significa que la autonomía local es una autonomía administrativa, no política, ya que carece de potestad legislativa (sólo tiene potestad reglamentaria y de autoorganización).

B. Ampliación de competencias

a) Reforma de los Estatutos de Autonomía hasta asumir todas las competencias de los artículos.

b) El Estado, mediante ley orgánica, podrá transferir o delegar a las comunidades autónomas competencias sobre materias de exclusiva titularidad estatal descentralizando más aún.

4.5 Financiación de las comunidades autónomas

Financiación de las comunidades autónomas:

  1. Impuestos cedidos por el Estado:
    • Patrimonio.
    • Sucesiones.
    • Transmisiones Patrimoniales.
    • IRPF.
  2. Sus propios impuestos:
    • Tasas s/juegos.
  3. Fondo de compensación interterritorial; Presupuestos Generales del Estado:
    • Solo a los de menos nivel económico.
  4. Rendimiento de su propio patrimonio; Ingresos de derecho privado:
    • Empresas con carácter privado que pertenecen al Estado.
  5. Créditos de entidades financieras:
    • Préstamos en general.

4.6 Las normas de las comunidades autónomas

Las normas de las comunidades autónomas son de igual jerarquía que las del Estado, pero no interfieren entre sí, porque las comunidades autónomas sólo pueden dictar normas sobre materias en aquellas competencias que figuren en sus Estatutos de Autonomía, o que hayan sido transferidas. La Constitución dispone que, en caso de conflicto, las normas del Estado prevalecerán sobre las de las demás comunidades autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas.

La Administración local

5.1 La Administración local está formada por entes, no por órganos, con personalidad jurídica propia. La autonomía local es una autonomía administrativa, no política, ya que carece de potestad legislativa (sólo tiene potestad reglamentaria y de autoorganización.

5.2 El municipio

El municipio es el territorio en el que ejerce sus competencias el ayuntamiento.

Elementos del municipio

El municipio lo constituyen tres elementos esenciales: el territorio o término municipal, la población y la organización.

a) Término municipal

La creación o supresión de los municipios, así como la alteración de los términos municipales se regulará por las comunidades autónomas.

b) Población municipal

En residentes (españoles y extranjeros que viven habitualmente en el término municipal y que están inscritos en el padrón municipal de habitantes) y no residentes (personas que se encuentran temporalmente viviendo en un municipio que no es el de su residencia).

c) Organización municipal

Corresponde a los órganos de gobierno del municipio.

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