Estructura y Elementos Fundamentales del Derecho de Obligaciones Civiles
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Conceptos Fundamentales del Derecho de Obligaciones
Definición de Obligación
La obligación se define como la relación jurídica en virtud de la cual el acreedor puede exigir del deudor una prestación destinada a satisfacer un interés lícito. Ante el incumplimiento, el acreedor tiene la facultad de obtener forzadamente la satisfacción de dicho interés.
Requisitos de la Prestación
La prestación, que constituye el objeto de la obligación, debe reunir las siguientes características:
- Ser material y jurídicamente posible.
- Ser lícita.
- Estar determinada o determinable.
- Poder ser valorizada económicamente.
- Corresponder a un interés del acreedor, ya sea patrimonial o extrapatrimonial.
Clasificación de las Obligaciones por su Objeto
Según la naturaleza de la conducta debida (entrega de una cosa, prestación de un servicio o abstención), la obligación puede ser:
1. Obligaciones de Dar
Consisten en la entrega de una cosa. El deudor está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba al contraer la obligación y a entregarla con sus debidos partes o accesorios, aun cuando estos hayan sido separados posteriormente.
2. Obligaciones de Hacer
Su objeto consiste en la prestación de un servicio o la realización de un hecho, en el tiempo, lugar y modo acordados por ambas partes.
3. Obligaciones de No Hacer
Tienen por objeto una abstención del deudor o la tolerancia de una actividad ajena. El incumplimiento imputable faculta al acreedor a reclamar la destrucción física de lo ejecutado, además de los daños y perjuicios correspondientes.
Sujetos de la Obligación
Quien puede exigir el cumplimiento se denomina acreedor, y quien debe entregar la cosa o prestar/no prestar el servicio es el deudor.
Para el acreedor, la obligación constituye un Crédito; para el deudor, representa una Deuda.
Fuentes de las Obligaciones
La Fuente es la razón o causa por la cual una persona se obliga frente a otra. En consecuencia, no existe obligación sin una causa que derive de algún hecho que reúna las condiciones necesarias para producirla, de conformidad con el ordenamiento jurídico.
Las obligaciones derivan de:
- Un hecho.
- Un acto lícito o ilícito.
- Relaciones de familia.
- Relaciones civiles.
Declaración Unilateral de Voluntad
Esta figura genera una obligación jurídica exigible en los casos previstos por la ley o por los usos y costumbres. Las normas relativas a los contratos se aplican subsidiariamente.
Prueba de la Existencia de la Obligación
La existencia de la obligación no se presume; la interpretación respecto a su existencia y extensión es restrictiva.
Una vez probada la obligación, se presume que esta nace de una fuente legítima, salvo que se acredite lo contrario.
Efectos de la Obligación
Con Relación al Acreedor
El acreedor tiene derecho a:
- Emplear medios legales para que el deudor le procure aquello a lo que se ha obligado.
- Hacerlo procurar por un tercero a costa del deudor.
- Obtener las indemnizaciones correspondientes por parte del deudor en caso de incumplimiento.
Con Relación al Deudor
El cumplimiento exacto de la obligación confiere al deudor el derecho a obtener su liberación y el derecho a rechazar las acciones del acreedor que excedan lo pactado.