Estructura del Poder Ejecutivo en Chile: Presidente, Ministros y Bases Constitucionales
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Sucesión y Reemplazo Presidencial en Chile
La continuidad del poder ejecutivo es fundamental en la estructura política de Chile. Este apartado detalla los mecanismos de subrogación y reemplazo del Presidente de la República, tanto electo como en ejercicio.
Subrogación del Presidente Electo
La subrogación del Presidente electo recae en:
- El Presidente del Senado.
- El Presidente de la Cámara de Diputados.
- El Presidente de la Corte Suprema.
Subrogación del Presidente en Ejercicio
La subrogación del Presidente en ejercicio se realiza a través de sus ministros, siguiendo su respectiva jerarquía.
Reemplazo del Presidente Electo
El reemplazo del Presidente electo se efectúa mediante una nueva elección, la cual debe celebrarse dentro de los 10 días siguientes a la vacancia.
Reemplazo del Presidente en Ejercicio
El reemplazo del Presidente en ejercicio depende del momento en que ocurra la vacancia:
- Si es antes de los 2 años de mandato: Se realizará una nueva votación dentro de los 10 días.
- Si es después de 2 años de mandato: Asumirá como Presidente el Presidente del Senado.
Atribuciones del Presidente de la República
El Presidente de la República posee una amplia gama de atribuciones esenciales para el funcionamiento del Estado:
- Constituyentes y Legislativas: Relacionadas con la promulgación de leyes y reformas constitucionales.
- Políticas: Dirección general del gobierno y la administración.
- Internacionales: Representación del Estado en el ámbito exterior.
- Militares: Mando supremo de las Fuerzas Armadas.
- Económicas: Dirección de la política económica del país.
- Administrativas: Nombramiento y remoción de funcionarios, gestión de los servicios públicos.
- Judiciales: Concesión de indultos y conmutación de penas.
Los Ministros de Estado
Los ministros son figuras clave en la administración del Estado, actuando como colaboradores directos del Presidente.
Función y Nombramiento
Los ministros son personas de confianza del Presidente, quien los nombra y remueve directamente.
Requisitos para ser Ministro
Para ser ministro, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser chileno.
- Tener 31 años cumplidos.
- Poseer salud acorde al cargo.
- Haber completado el cuarto año de enseñanza media.
- No haber sido condenado por pena aflictiva.
Incompatibilidades
Además, los ministros no pueden ser candidatos a senador o diputado, ni desempeñar cargos públicos pagados con fondos fiscales o municipales.
Bases Fundamentales de la Institucionalidad Nacional
La institucionalidad chilena se asienta sobre principios esenciales que garantizan el orden y la democracia.
El Estado de Derecho (Artículos 6 y 7 de la Constitución)
El concepto de Estado de Derecho implica que nadie está por encima de la ley. Los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República de Chile lo consagran:
- Artículo 6, inciso 1: "Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella." Esta frase consagra el Principio de Supremacía Constitucional.
- Artículo 6, inciso 2: "Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a toda persona, institución o grupo." Aquí se consagra el concepto de Orden Jurídico Impersonal, que obliga tanto a los gobernantes como a los gobernados.
La Soberanía Nacional y su Ejercicio (Artículo 5 de la Constitución)
La Soberanía Nacional es la facultad que tienen los pueblos de autogobernarse y elegir a sus propias autoridades. El Artículo 5 de la Constitución establece que, bajo ningún pretexto, se debe aceptar la intromisión de países extranjeros para dirigir nuestra nación.
Estado Unitario y Gobierno Republicano Democrático (Artículos 3 y 4 de la Constitución)
Estos principios están consagrados en los artículos 3 y 4 de la Constitución. Chile es un Estado Unitario porque existe una sola autoridad central que ejerce el poder en todo el territorio, y su gobierno es una República Democrática.