Estructura del Derecho Laboral en España: Sindicatos, Jurisdicción y Órganos de Control

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El Derecho de Sindicación y la Libertad Sindical

El derecho de sindicación es un derecho fundamental reconocido en la Constitución Española (CE), específicamente en el artículo 28.1, que garantiza la libertad de sindicación a todos los ciudadanos. Este derecho también está regulado por la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS).

Contenido del Derecho Sindical

El contenido del derecho sindical se estructura en dos niveles:

  • Nivel Esencial: Incluye la organización sindical, la actividad sindical libre, la negociación colectiva y el derecho de huelga.
  • Nivel Adicional (Libertad Sindical): Posee una doble vertiente: individual y colectiva.

Vertientes de la Libertad Sindical

  • Individual: Se refiere al derecho de cada trabajador a fundar sindicatos, afiliarse al sindicato de su elección, a no afiliarse y a darse de baja.
  • Colectiva: Se refiere al derecho de los sindicatos como entidades a ejercer sus funciones.

Ámbito de Aplicación y Excepciones

Pueden ejercer este derecho:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Funcionarios públicos.
  • Menores de edad (a partir de los 16 años).
  • Personas desempleadas, jubiladas y estudiantes.

Existen excepciones a este derecho, que incluyen a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil y el Ministerio Fiscal.

Estructura y Órganos de la Jurisdicción Social y Laboral

  1. Órganos Judiciales

    Estos se encargan de resolver conflictos laborales y de Seguridad Social, tanto individuales como colectivos:

    • Juzgados de lo Social: Actúan en el ámbito provincial.
    • Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ): Ámbito autonómico.
    • Sala IV del Tribunal Supremo: Se encarga de revisar sentencias para corregir errores legales y unificar doctrina.
  2. Órganos de Mediación y Arbitraje (Vía Extrajudicial)

    Estos mecanismos están diseñados para evitar llegar a la vía judicial:

    • SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación): Interviene en conflictos individuales.
    • SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje): Interviene en conflictos colectivos.
    • Comisiones Mixtas: Resuelven conflictos en relación con la aplicación e interpretación de los convenios colectivos.
  3. Órganos Administrativos del Estado

    Gestionan la política de empleo, formación y relaciones laborales, y supervisan el cumplimiento de la normativa:

    • Ministerio de Trabajo y Economía Social: Elabora la política laboral del Estado.
    • Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS): Prevención y sanción del incumplimiento normativo.
    • Autoridades Laborales: Incluyen órganos centrales y órganos periféricos.
  4. Organismos Específicos

    Entidades clave en la gestión de prestaciones y prevención:

    • SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Gestiona prestaciones por desempleo y fomenta políticas activas de empleo.
    • FOGASA (Fondo de Garantía Salarial): Garantiza el pago de salarios e indemnizaciones pendientes.
    • INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo): Dedicado a la prevención de riesgos laborales.
  5. Órganos Autonómicos

    Las Comunidades Autónomas (CC. AA.) pueden asumir competencias en materia laboral y de Seguridad Social. Gestionan servicios de empleo, formación profesional, prevención de riesgos laborales y políticas sociales.

  6. Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Funciones)

    Las funciones principales de la ITSS son:

    • Acceder libremente a los centros de trabajo.
    • Requerir documentación.
    • Emitir actas de infracción y proponer sanciones económicas.
  7. Procedimiento Administrativo Laboral

    Incluye la tramitación de:

    • Sanciones administrativas.
    • Despidos colectivos y Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs).
    • Tramitaciones en materia de salud laboral, empleo de extranjeros y emigración.

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