Estructura y Deberes Patronales en el Sistema de Seguridad Social Español

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Entidades Gestoras y Colaboradoras de la Seguridad Social

El sistema de Seguridad Social español se articula a través de diversas entidades cuya función es garantizar la gestión y administración de las prestaciones y servicios.

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Se encarga de la gestión y administración de las prestaciones económicas, sin perjuicio de ciertas competencias atribuidas al SEPE (antiguo INEM) y al IMSERSO.

Funciones del INSS:

  • Inscripción de empresas.
  • Reconocer prestaciones económicas en la modalidad contributiva.
  • Reconocer el derecho a la asistencia sanitaria y a la previsión voluntaria.
  • Controlar la asignación económica por hijo a cargo (modalidad no contributiva).
  • Gestionar el registro de prestaciones sociales públicas.

Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA)

Tiene funciones de gestión directa en las comunidades autónomas que no han asumido competencias en materia de prestaciones sanitarias, por ejemplo, las prestaciones en Ceuta y Melilla.

Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)

Se centra en la gestión de las pensiones de invalidez y de jubilación en la modalidad no contributiva. Sus competencias han sido asumidas por las comunidades autónomas y hoy día ejerce funciones específicas en Ceuta y Melilla.

Competencias del IMSERSO:

  • Gestión de servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social para personas mayores y con discapacidad.
  • Funciones de asistencia a inmigrantes y a los solicitantes de asilo.

Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) (Antiguo INEM)

Se encarga de la gestión de las prestaciones por desempleo.

Funciones del SEPE:

  • Gestionar las prestaciones por desempleo.
  • Organizar los servicios de empleo.
  • Fomentar la formación profesional de los trabajadores.
  • Aplicar acciones propias de las políticas de empleo que se aprueben.

Instituto Social de la Marina (ISM)

Se ocupa de la administración y reconocimiento de las prestaciones relativas al Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Funciones del ISM:

  • Llevar a cabo la inscripción de empresas, altas y bajas de trabajadores.
  • Controlar las cotizaciones y la recaudación.
  • Gestionar las prestaciones por desempleo y la asistencia sanitaria de trabajadores del mar.
  • Ocuparse de la formación y promoción profesional.
  • Ofrecer asistencia a los familiares.

Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Es el órgano que realiza actividades auxiliares en materia de Seguridad Social y que, como servicio común, unifica todos los recursos financieros.

Competencias de la TGSS:

  • Inscripción de empresas, altas y bajas de trabajadores.
  • Afiliación.
  • Gestión y control de cotizaciones.
  • Recaudación de cuotas, aplazamiento o fraccionamiento.
  • Elaboración de presupuestos y previsiones para atender el sistema de Seguridad Social.

Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (AT y EP)

Las mutuas tienen por objeto la colaboración en la gestión de la Seguridad Social, especialmente en lo referente a las contingencias profesionales.

Competencias de las Mutuas:

  • Gestionar las contingencias profesionales (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales).
  • Colaborar en la gestión de la incapacidad temporal por contingencias comunes.
  • Realizar actividades de prevención de riesgos laborales.

Régimen General y Obligaciones de la Empresa

Para determinar si un trabajador se encuadra en el Régimen General, es fundamental verificar que existe la condición de trabajo por cuenta ajena.

Trabajadores Excluidos del Régimen General

Quedan excluidos del Régimen General los siguientes colectivos:

  1. Trabajadores que desarrollen una actividad profesional encuadrada en alguno de los regímenes especiales (por ejemplo: estudiantes, trabajadores del mar, empleados del hogar, trabajadores agrarios).
  2. El cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado, siempre y cuando no se demuestre la condición de asalariados.
  3. Personal que ejecuta trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad.

Obligaciones de la Empresa con la Seguridad Social

Desde el mismo momento en que contrata personal, la empresa tiene la obligación de realizar la inscripción de empresa en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o administración de la misma.

Principales Obligaciones:

  • Inscripción de la empresa, según el modelo oficial TA.6.
  • Afiliación del personal por cuya cuenta trabajan.
  • Realización del alta de los trabajadores en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
  • Comunicación de la baja cuando proceda.
  • Ingreso de las cuotas de cotización.

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