Estructura y Control de la Administración Pública: Órganos Consultivos y Fiscalización Financiera

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La Administración Consultiva, el Control Financiero y la Administración Institucional

1. La Administración Consultiva

La misión de la Administración Consultiva es emitir dictámenes y asesorar a los organismos estatales. Estos dictámenes no son vinculantes, salvo cuando la ley así lo indique; en caso contrario, son simplemente orientadores. Está formada por el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.

1.1. El Consejo de Estado

Emite dictámenes sobre los asuntos que le somete a consulta el Gobierno, sus miembros y las Comunidades Autónomas (CC. AA.) a través de sus presidentes.

  • Actúa en Pleno y en Comisión Permanente, y está organizado en secciones por materias.
  • Los dictámenes del Consejo no son vinculantes, salvo que la ley disponga lo contrario.

1.2. El Consejo Económico y Social (CES)

Es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Composición:

Está formado por:

  • Representantes de las organizaciones sindicales y empresariales.
  • Representantes de los consumidores y usuarios.
  • Seis expertos en las materias de su competencia.
Funciones:
  1. Emitir dictámenes sobre anteproyectos de leyes y proyectos de decretos-legislativos que regulan materias económicas y laborales.
  2. Elaborar estudios e informes sobre materias socioeconómicas.

2. El Control Financiero de la Administración

El Control Financiero pretende determinar si la actividad financiera realizada por la Administración responde a los principios y normas que la regulan. Lo realizan dos organismos principales:

2.1. Intervención General de la Administración del Estado (IGAE)

Realiza el control interno y previo. Es un órgano de la Administración Pública que comprueba si los actos económicos y financieros se han realizado de conformidad con el ordenamiento jurídico. Realiza un control interno y previo a la ejecución del gasto público.

2.2. Tribunal de Cuentas

Depende de las Cortes Generales. Realiza el control externo y posterior. Es el órgano supremo de control y fiscalización de las cuentas y la gestión económica y financiera del sector público. Examina las Cuentas Generales del Estado.

3. La Administración Institucional

Es un sector de la Administración Pública integrado por entidades con fines específicos de servicio público o actividades concretas. Se compone de:

  • Organismos Públicos
  • Corporaciones
  • Sociedades Estatales

3.1. Organismos Públicos

Son todas las entidades de derecho público dependientes o vinculadas a la Administración General. Se adscriben a un ministerio por razón de materia. Tienen personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería, así como autonomía de gestión.

Se clasifican en:

  • Organismos Autónomos
  • Entidades Públicas Empresariales

3.2. Corporaciones

Son entes públicos institucionales integrados por la asociación permanente y obligatoria de una serie de personas para la defensa de los intereses propios de un colectivo, pero también relevantes para el Estado. Están sometidas al derecho administrativo y al control financiero del Tribunal de Cuentas.

División de las Corporaciones:

  • Colegios Profesionales (ej. Cofradías)
  • Cámaras Oficiales (ej. Cámaras de Comercio)

3.3. Sociedades Estatales

Empresas creadas por el Estado a través de organismos autónomos para la realización de actividades industriales, mercantiles, etc. Si el 75% del capital es público, están sometidas al control del Tribunal de Cuentas.

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