Estructura y Componentes de la Remuneración Laboral: Ingresos, Imposiciones y Descuentos
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Políticas de Remuneración: Definición y Principios
La remuneración se define como la retribución en dinero o su equivalencia pagada por el empleador al trabajador en función del cargo que ejerce y el servicio que presta. Estas deben ser justas y equitativas.
Ingresos o Rentas Imponibles y Tributables
Componentes del Ingreso Base
- Sueldo Base: Cantidad fija pactada en el contrato de trabajo y se paga en dinero por periodo igual.
- Comisión: Porcentaje (%) sobre el precio de las ventas netas.
Cálculo de Comisión
Venta neta (individual del trabajador) $\times$ % pactado.
Pagos Adicionales y Bonificaciones
- Premios: Pago efectuado por logro obtenido. Suelen ser permanentes, en dinero y habitualmente en relación al nivel producido, de venta, etc.
- Ejemplo: Bono producción, comisión, gestión, aguinaldo, etc.
- Gratificación: Corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia al trabajador. Modalidad de pago: mensual o anual.
Cálculo de Gratificación
Tasa imponible (sueldo base + comisión + bono) $\times$ 25% = Gratificación mensual.
Tope Legal de Gratificación
Gratificación anual / 12. (Ejemplo: Si el ingreso mínimo es de $193.000, $193.000 $\times$ 4.75 = $916.750. $916.750 / 2 = $76.396 tope mensual. *Siempre se paga el menor valor*).
- Sobresueldo: Pago por horas extra, las que sobrepasan la jornada normal de trabajo que por ley no puede exceder de 45 horas semanales.
Ingresos No Imponibles
Son aquellas retribuciones destinadas a cubrir gastos inherentes al cumplimiento de la labor:
- Asignaciones: Retribución para cumplir la labor. Las más conocidas son:
- Asignación por pérdida de caja: Generalmente asignada a cajeros.
- Desgaste de herramientas: Cuando el trabajador emplea herramientas o vehículo de su propiedad necesarios para las funciones del cargo.
- Viáticos: Cuando el trabajador debe trasladarse a otro lugar distinto de donde vive (ej: vive en Antofagasta y debe viajar a Santiago a un curso enviado por la empresa).
- Bono: Aporte en dinero que hace la empresa de forma voluntaria para compensar los gastos de traslado y alimentación durante la jornada de trabajo. Los valores asignados deben ser razonables y para todos los trabajadores (Bono de Colación - Bono de Movilización).
- Asignación Familiar: Cargas familiares. Subsidio que aporta el Estado a los sueldos de menor ingreso; se incluye y cancela en la liquidación de sueldo.
Descuentos de la Remuneración
Descuentos Previsionales (Aproximadamente 20%)
El trámite de incorporación a una AFP, Isapre o Fonasa es responsabilidad del trabajador. De no estar en ninguna, el empleador podrá cancelar los descuentos a la que estime conveniente.
AFP (Administradora de Fondos de Pensiones)
- Pensión de Vejez e Invalidez: Este descuento es de aproximadamente el 13% del total imponible, siempre y cuando no sea superior a 67,4 UF.
Cálculo: Renta imponible (hasta 67.4 UF) $\times$ % AFP.
Seguro de Cesantía
- Este descuento es voluntario cuando el trabajador tiene contrato indefinido y es del 0,6% del total imponible, siempre que no sea superior a 105,4 UF.
Cálculo: Renta imponible (hasta 105.4 UF) $\times$ 0,6%.
Sistema de Salud
- FONASA: Este descuento es del 7% del total imponible, siempre y cuando no sea superior a 70,3 UF. Corresponde al sistema de salud pública.
- ISAPRE: Este descuento es del 7% del total imponible, siempre y cuando no sea superior a 70,3 UF. Los planes de salud en las Isapres se pactan en UF, por lo tanto, si el 7% no cubre el plan pactado, se cubre con un descuento adicional.
Descuento Tributario
Impuesto Único a los Trabajadores
Para calcular este descuento hay que determinar la renta tributable:
Renta tributable = Total imponible - Descuentos previsionales.
La renta tributable se compara con la tabla del Impuesto Único y se determina el impuesto cuando el valor resultante es positivo.
Descuentos Judiciales
Este descuento es un mandato del tribunal y corresponde a una pensión de alimentos. Se aplica conforme a lo dispuesto por el tribunal, ya sea en % del sueldo o en una cantidad fija.
Descuentos Voluntarios
Estos descuentos deben ser autorizados por el trabajador, por lo tanto, requieren de su firma previamente. Por ejemplo, son:
- Anticipo de sueldo.
- Cuota del deportivo.
- Cuota sindical.