Estructura y Competencias del Sistema de Protección al Consumidor en España
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Marco Jurídico de la Defensa del Consumidor
El marco jurídico de la defensa del consumidor está diseñado en cuatro niveles que corresponden a las instituciones con competencias directas en el sistema de protección: la Unión Europea, el Estado Español, las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales.
1. Niveles Institucionales
- Unión Europea
- Estado Español
- Comunidades Autónomas
- Administraciones Locales
2. Funciones de Coordinación y Colaboración
En el ámbito de la cooperación entre las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, se establecen las siguientes funciones:
- a) Servir de cauce de colaboración, comunicación e información entre las comunidades autónomas y la Administración General del Estado en materia de consumo.
- b) Aprobar los criterios comunes de actuación y coordinación.
- c) Aprobar los planes, proyectos y programas conjuntos.
- d) Hacer efectiva la participación de las comunidades autónomas en los asuntos comunitarios europeos en la materia.
- e) Facilitar la información recíproca, diseñar estadísticas estatales comunes y poner a disposición de los ciudadanos los datos obtenidos.
- f) Cooperar e impulsar las campañas nacionales de inspección y control.
- g) Promover la promulgación de la normativa oportuna en materia de consumo o su reforma e informar sobre las disposiciones reglamentarias.
- h) Establecer criterios de actuación cuando resulten competentes varias comunidades autónomas.
- i) Programar el empleo racional de medios materiales de utilización común.
- j) Articular un sistema de formación y perfeccionamiento del personal con tareas específicas en el ámbito de consumo.
3. Administraciones Locales: Diputaciones Provinciales
Las Diputaciones Provinciales ejercen las siguientes competencias:
- Información y educación de los consumidores, de acuerdo con las necesidades generales de la provincia.
- Apoyo y fomento de las organizaciones y asociaciones de consumidores en sus actividades provinciales.
- Fomento, divulgación y gestión del Sistema Arbitral de Consumo, en colaboración con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.
- Ejercicio de acciones civiles en defensa de los consumidores vecinos de su provincia, conforme a la legislación estatal.
- Realización de estudios de mercado circunscritos a su ámbito provincial.
- Asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios.
- Las demás competencias atribuidas por las leyes vigentes.