Estructura y Competencias del Poder Legislativo y Judicial Uruguayo

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Cámara de Senadores

Funciones

Corresponde a la Cámara de Senadores abrir juicio público a los acusados por la Cámara de Representantes o la Junta Departamental y pronunciar sentencia al solo efecto de separarlos de sus cargos, mediante dos tercios de votos del total de sus componentes.

Cámara de Representantes (Diputados)

Funciones

Acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros de ambas Cámaras, al Presidente y Vicepresidente de la República, a los Ministros de Estado, a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal de Cuentas y de la Corte Electoral, por violación de la Constitución u otros delitos graves (según Art. 93).

Asamblea General

Funciones

  • Formular y mandar publicar los códigos.
  • Establecer los tribunales y arreglar la administración de justicia y de lo contencioso-administrativo.
  • Aprobar o reprobar, en todo o en parte, las cuentas que presente el Poder Ejecutivo.

Comisión Permanente

Funciones

Velará sobre la observancia de la Constitución y de las leyes, haciendo al Poder Ejecutivo las advertencias correspondientes, bajo responsabilidad ante la Asamblea General actual o siguiente, según el caso.

Suprema Corte de Justicia

Funciones (Art. 239)

  • Ejercer la superintendencia directiva, correctiva, consultiva y económica sobre los Tribunales, Juzgados y demás dependencias del Poder Judicial.
  • Cumplir los demás cometidos que señale la ley.

Composición y Requisitos

Se integra por cinco miembros.

Requisitos:

  • Tener 40 años cumplidos de edad.
  • Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con 10 años de ejercicio y 25 años de residencia en el país.
  • Ser abogado con 10 años de antigüedad o haber ejercido la judicatura o el Ministerio Público o Fiscal por un período de 8 años.

Designación y Duración del Cargo

  • Serán designados por la Asamblea General por dos tercios de votos del total de sus componentes.
  • La designación debe realizarse dentro de los noventa días de producida la vacancia.
  • Duran diez años en sus cargos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 250 (límite de edad).
  • Podrán ser reelectos después de un período de cinco años desde su cese.

Tribunales de Apelaciones

Composición y Requisitos

Existen cuatro tribunales (según texto original), cada uno con tres miembros.

Requisitos:

  • Tener 35 años cumplidos de edad.
  • Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con 7 años de ejercicio.
  • Ser abogado con 8 años de antigüedad o haber ejercido la judicatura o el Ministerio Público o Fiscal por 6 años.

Designación y Duración del Cargo

  • Los elige la Asamblea General.
  • Duran en el cargo durante su buen comportamiento, hasta el límite de edad de 70 años (Art. 250: "Todo miembro del Poder Judicial cesará en el cargo al cumplir setenta años de edad").

Juzgados Letrados

Estructura

La ley fijará el número de Juzgados Letrados en la República, atendiendo a las exigencias de la más pronta y fácil administración de justicia.

Requisitos para ser Juez Letrado

  • Tener 28 años cumplidos de edad.
  • Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con 4 años de ejercicio.
  • Ser abogado con 4 años de antigüedad o haber sido Juez de Paz o actuado en el Ministerio Público o Fiscal por 2 años.

Designación y Duración del Cargo

  • Se eligen por la mayoría absoluta del total de componentes de la Suprema Corte de Justicia.
  • Duran en sus cargos durante su buen comportamiento.

Juzgados de Paz

Composición y Requisitos

Cada Juzgado de Paz cuenta con un miembro (Juez de Paz).

Requisitos Generales:

  • Tener 25 años cumplidos de edad.
  • Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con 2 años de ejercicio.

Requisitos Específicos:

  • Para ser Juez de Paz en el departamento de Montevideo: Ser abogado.
  • Para ser Juez de Paz en los demás departamentos (Interior): Ser abogado o escribano público.

Designación y Duración del Cargo

  • Elegidos por la mayoría absoluta del total de componentes de la Suprema Corte de Justicia.
  • Duran cuatro años en sus cargos.
  • Pueden ser removidos o promovidos por la Suprema Corte de Justicia, también por mayoría absoluta, atendiendo a los méritos y servicios.

Objetivo Común

Al igual que los Tribunales de Apelaciones y los Juzgados Letrados, los Juzgados de Paz tienen como fin la administración de justicia.

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