Estructura de la Administración Pública: Principios, Organismos y Competencias
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Estructura de la Administración Pública
Principios de la Administración
- Eficacia: Promover el bien común
- Jerarquía: Seguir instrucciones de entidades superiores
- Descentralización: Actuar de forma conjunta
- Desconcentración: Actuar de forma autónoma
- Legalidad: Sometidas a las leyes existentes
Administración Central
Abarca todo el territorio nacional, CCAA e islas.
Órganos
- Presidente: Elegido por las Cortes Generales, nombra a ministros y vicepresidentes
- Vicepresidente: Coordina áreas estratégicas del Estado
- Ministros: Nombrados por el Presidente
- Consejo de Ministros: Reunión de todos los ministros y vicepresidentes bajo la dirección del Presidente
- Comisiones Delegadas: Coordinan varios ministerios de un área de competencia común
- Entidades, Organismos y Empresas Públicas: Pertenecen a un ministerio y actúan en todo el territorio nacional
Administraciones Periféricas
Representan al Estado en las CCAA, provincias e islas.
Órganos
- CCAA: Delegados de Gobierno
- Provincias: Subdelegados de Gobierno
- Islas: Directores Insulares (equivalentes a Subdelegados de Gobierno)
Administración Exterior
Órganos
- Embajadas: Relaciones diplomáticas en capitales
- Consulados: Prestan servicios administrativos en capitales de regiones
- Delegaciones: Ante organismos internacionales (ONU, Naciones Unidas)
Administración Consultiva
Emiten informes no vinculantes y preceptivos.
Órganos
- Consejo de Estado: Informes jurídicos
- Consejo Económico y Social: Laboral, social y económico
Organismos Públicos
- Organismos Autónomos: Dependen de un ministerio, con personalidad jurídica
- Entidades Públicas Empresariales: (RENFE)
- Agencias Estatales: Gestión autónoma
Administración Fiscalizadora o de Control Financiero
Órganos
- Intervención General del Estado: Control previo e interno
- Tribunal de Cuentas: Control externo y posterior
Administración Autonómica
Basada en el principio de descentralización (Art. 2, Título VIII).
Esquema
- Estatuto de Autonomía: Denominación de la comunidad, delimitación de territorio, instituciones, competencias
- Instituciones Autonómicas:
- Poder Legislativo: Asamblea o Parlamento
- Poder Judicial: Tribunal Superior
- Poder Ejecutivo: Consejo de Gobierno (Presidente, Vicepresidente, Consejeros)
- Competencias:
- Exclusivas: Gestión solo por la comunidad
- Compartidas: Estado y comunidad, Estado con potestad legislativa y comunidad con ejecutiva
- Concurrentes: Estado y comunidad con la misma competencia
- Financiación: Autonomía para definir, aprobar y ejecutar presupuestos
- Recursos: Impuestos cedidos, recargos sobre impuestos estatales, impuestos propios, transferencias de fondos, patrimonio y operaciones de crédito
Administración Local
Abarca el término municipal.
Órganos
- Pleno: Concejales presididos por el Alcalde, ejercen el control de los órganos de gobierno
- Junta de Gobierno: Asiste al Alcalde, financiación similar a las CCAA (más de 5000 habitantes)
Provincias e Islas
Agrupación de municipios.
Funciones
- Garantizar la solidaridad y el equilibrio económico
- Prestar servicios básicos
- Coordinar la administración local con la CCAA y el Estado
Órganos
- Diputaciones Provinciales:
- Pleno: Diputados provinciales elegidos por los concejales de los municipios de la provincia
- Presidente: Elegido por los diputados provinciales, preside el Pleno
- Junta de Gobierno: Presidente y no más de 1/3 de los diputados provinciales
- En las CCAA uniprovinciales no existen diputaciones
- En las Islas Baleares: Consejo Insular en cada isla
- En Canarias: Cabildo en Tenerife y Gran Canaria
Otras Entidades Locales
: COMARCAS (MUNICIPIOS CARACTERISTICAS COMUNES DENTRO MISMA ZONA TERRITORIAL), MANCOMUNICADES (AGRUPACION DE MUNICIPIOS PARA GESTIONAR DETERMINADAS SERVICIOS O FINANCIAR OBRAS COMUNES) Y AREAS METROPOLITANAS: GRANDES MUNICIPIOS Q CISCUNSCRIBE UNA GRAN CIUDAD