El Estatuto del Trabajador: Derechos y Deberes Fundamentales en la Relación Laboral

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Derechos y Deberes Laborales

Derechos Colectivos

Los derechos colectivos fundamentales del trabajador incluyen:

  • Libre sindicación: Derecho a elegir sindicarse o no.
  • Derecho de huelga.
  • Derecho a negociar convenios colectivos.
  • Derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho a participar en la empresa a través de sus representantes (delegados de personal y comité de empresa).

Derechos Individuales

Los derechos individuales esenciales del trabajador son:

  • Derecho a elegir libremente profesión y oficio.
  • Derecho de ocupación efectiva: El empresario debe proporcionar trabajo. Si no lo hace, debe pagar igualmente el salario. El incumplimiento de este derecho podría ser motivo de extinción del contrato por parte del trabajador.
  • Promoción profesional y a la Formación Profesional (FP): Este derecho incluye:
    1. Solicitar ascensos según lo que establezca el convenio.
    2. A acudir a exámenes por el tiempo necesario. Requisitos: deben ser estudios oficiales, exámenes definitivos, avisar con antelación y llevar justificante.
    3. A elegir un turno de trabajo para poder realizar estudios oficiales, siempre que las condiciones de la empresa lo permitan.
  • Igualdad y no discriminación: Derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo, raza, creencias religiosas o políticas, estado civil, etc. Se establece el derecho a percibir el mismo salario por trabajo de igual valor, con independencia de la categoría.
  • Seguridad e higiene en el trabajo: El empresario tiene un deber de seguridad respecto al trabajador, por lo que debe adoptar medidas de prevención de riesgos laborales.
  • Intimidad y dignidad: Incluye la protección frente a ofensas verbales, físicas o de naturaleza sexual. El derecho a la intimidad se complementa con la facultad de la empresa de vigilar al trabajador (según lo establecido legalmente).
  • Descanso: Incluye vacaciones, descanso semanal, descanso entre jornadas y dentro de la jornada.
  • Percepción puntual de la remuneración pactada: El impago o los retrasos continuados son motivo de extinción del contrato por parte del trabajador.

Deberes Laborales del Trabajador

El trabajador debe cumplir con los siguientes deberes fundamentales:

  • Actuar de buena fe: No divulgar secretos de la empresa ni cobrar gratificaciones de los clientes. En definitiva, trabajar con honestidad.
  • Actuar con diligencia: Poner cuidado y atención en su trabajo. Esto se mide con el rendimiento normal pactado.
  • Contribuir a la mejora de la productividad: Asegurar que la cantidad y calidad de lo producido sea mayor y mejor.
  • No realizar competencia desleal con la empresa: No se puede trabajar de lo mismo para otra empresa o ser autónomo al mismo tiempo en la misma actividad.
  • Tomar las medidas de prevención frente a los riesgos laborales: No puede poner fuera de funcionamiento las medidas de protección y debe usar los equipos de protección individual (EPI) que le facilite la empresa.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario: Siempre que sean legales y no supongan un daño para el trabajador, ni afecten a su vida privada o atenten contra su dignidad. Como norma general, primero se cumple la orden y luego se reclama ante el juzgado si hay desacuerdo, salvo en los casos de “resistencia” mencionados anteriormente, en los que está permitido no cumplirlas.

Consecuencias del Incumplimiento

En caso de incumplimiento de estos deberes, la empresa podrá sancionar al trabajador, incluso despedirlo. El despido se abordará en la Unidad Didáctica 9 (UD 9) sobre extinción del contrato.

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