Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos, Deberes y Sistemas de Selección

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Concepto y Ámbito de Aplicación de los Empleados Públicos

Empleados públicos: Son quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.

Ámbito de aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

  • Administración General del Estado.
  • Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Administraciones de las entidades locales.
  • Organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público.
  • Universidades públicas.

Tipos de Personal al Servicio de la Administración

  • Funcionario de carrera: Están vinculados a la Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
  • Funcionario interino: Por razones justificadas o de urgencia, son nombrados de forma temporal para realizar las funciones propias de los funcionarios de carrera.
  • Personal laboral: Presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas bajo un contrato de trabajo.
  • Personal eventual: Solo realiza funciones de confianza o asesoramiento especial.
  • Personal directivo profesional: Desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas.

Derechos de los Empleados Públicos

Derechos individuales

Inamovilidad en la condición de funcionario de carrera. Respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad. No discriminación. Adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Libertad de expresión dentro de los límites del ordenamiento jurídico. Protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Libertad sindical, negociación colectiva y ejercicio de la huelga.

Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna

Las Administraciones Públicas establecen un sistema de promoción interna mediante procesos selectivos que permiten que los funcionarios puedan ascender desde su grupo o subgrupo a otro superior.

Derechos retributivos

Los funcionarios tienen derecho a percibir las retribuciones y las indemnizaciones correspondientes. Las retribuciones pueden ser básicas y complementarias.

Otros derechos

  • Derecho a la negociación colectiva, representación, participación institucional y derecho de reunión.
  • Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones.

Deberes y Principios Éticos

Principios de actuación de los empleados públicos: Objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto de la igualdad entre hombres y mujeres.

Procesos de Selección y Convocatoria

Convocatoria: Es un documento en el que se plasma la decisión del órgano convocante de proceder a cubrir plazas vacantes de que dispone y se establecen las bases que han de regir todo el proceso.

Sistemas de acceso

  • Oposición: Consiste en la comprobación de los conocimientos y capacidad de los aspirantes, a través de exámenes escritos u orales o bien pruebas físicas.
  • Concurso: Valoración de méritos.
  • Concurso-oposición: Sistema mixto, con una fase de oposición y otra de concurso.

Fedatarios Públicos y Profesionales del Derecho

Fedatarios públicos: Son las personas habilitadas legalmente para dar fe y autentificar hechos, actos o negocios jurídicos.

Los Notarios

Los notarios son, a la vez, funcionarios públicos y profesionales del Derecho.

  • Como funcionarios: Ejercen la fe pública notarial, dando autenticidad y fuerza probatoria a las declaraciones de voluntad de las partes y dejando constancia de los hechos en documentos redactados conforme a las leyes (escrituras, actas).
  • Como profesionales del Derecho: Deben asesorar jurídicamente a quienes se lo soliciten en el ejercicio de su cargo.

Registradores y Secretarios Judiciales

Los registradores: Su función es la gestión de los registros de la propiedad, bienes muebles y mercantiles, y ejercen las funciones públicas que les atribuye la ley.

Los secretarios judiciales (Letrados de la Administración de Justicia): Ejercen la fe pública judicial, consistente en garantizar la realización de los actos judiciales con las formalidades que la ley impone.

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