Esquema Completo de la Seguridad Social: Contingencias, Entidades y Prestaciones

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  • Contingencias: Comunes: enfermedad común y accidente no laboral. Profesionales: enfermedad profesional y accidente laboral.
  • Contingencias que protege la SS:
    • Características individuales: Salud (enfermedad, embarazo) y Edad.
    • Situación familiar: cargas familiares y muerte.
    • Situación laboral: Incapacidades, maternidad y desempleo.
  • Dos modalidades de la SS. Modalidad Contributiva: incluye a personas que han cotizado. Se incluyen dos regímenes:
    • General: trabajadores por cuenta ajena.
    • Especial: trabajadores autónomos, del mar, agrarios, del hogar, mineros, funcionarios públicos y militares.
  • Entidades:
    • INSS: inscripción de empresas, reconoce prestaciones económicas, reconoce el derecho a asistencia sanitaria. Gestiona un registro de prestaciones sociales. Controla las asignaciones por hijo a cargo.
    • Instituto Nacional de Gestión Sanitaria: funciones de gestión directa en aquellas comunidades autónomas que no han asumido competencias en materia sanitaria.
    • IMSERSO: gestiona las pensiones de invalidez y jubilación.
    • SEPE (antes INEM): gestiona prestaciones por desempleo. Organiza servicios de empleo. FP de trabajadores. Aplica políticas de empleo.
    • Instituto Social de la Marina: gestiona y administra prestaciones del régimen especial de trabajadores del mar.
  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): es un servicio común que unifica todos los recursos financieros de la SS. Inscripción de empresas, altas y bajas de trabajadores. Afiliación. Gestión de la cotización. Recaudación de cuotas. Elaboración de presupuestos para el sistema de SS.
  • Competencias de las Mutuas: gestionar las contingencias profesionales. Realizar actividades de prevención de riesgos laborales y colaborar en la gestión de incapacidad temporal por contingencias comunes.
  • Colaboraciones de las empresas:
    • Obligatoria: pago de prestación económica por incapacidad. En desempleo parcial, realiza el pago por cuenta del SEPE.
    • Voluntaria: prestaciones de asistencia sanitaria, incapacidad temporal y recuperación. Prestaciones económicas por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente laboral. REQUISITOS: contar con más de 250 trabajadores.
  • Obligaciones de la empresa: inscripción de empresa (TA6), afiliación del trabajador y alta, comunicar baja o variaciones de datos, cotización. Apertura de una cuenta de cotización (TA7).
  • Obligaciones del Autónomo: darse de alta en el RETA, comunicar baja o variaciones de datos, cotización. Al contratar trabajadores, inscripción de empresa (TA6) y apertura de cuenta de cotización (TA7).
  • Causas de Incapacidad Temporal: enfermedad común, accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente no laboral, riesgo durante el embarazo, periodo de observación de enfermedad profesional.
  • Prestación por maternidad: por un tiempo de 16 semanas, más 2 semanas por cada hijo a partir del segundo. 100% de la Base Reguladora (BR).
  • Incapacidad Permanente:
    • Parcial: quedan secuelas consistentes en la disminución de al menos el 33% del rendimiento.
    • Total: no puede realizar las tareas de su puesto habitual, pero sí otros trabajos.
    • Absoluta: inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
    • Gran Invalidez: la persona requiere ayuda de otra para realizar las tareas habituales.
  • Jubilación:
    • Parcial: trabajadores con edad no inferior a 61 años.
    • Anticipada: trabajadores con 61 años que tengan cotizados 30 años y lleven 6 meses en demanda de empleo.
  • Prestación por desempleo:
    • Periodo de carencia: 360 días cotizados en los 6 años anteriores.
    • Requisitos Iniciales: estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta. No causar derecho a la pensión de jubilación y estar en situación legal de desempleo. Base Reguladora (BR) = Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP) de los últimos 180 días / 6 (mensual) o / 180 (diaria).
  • Fórmulas
  1. Accidente No Laboral o Enfermedad Común: BR = BCCP anterior / número de días. 1º - 3º → 0% | 4º - 20º → 60% | +21º → 75%
    1. Accidente Laboral o Enfermedad Profesional: 75% de BR

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