Especificaciones de Diseño y Equipamiento para Centros Residenciales
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Cocina
Cualquier centro residencial deberá disponer de una cocina, ya sea para elaborar los menús o para prepararlos y servirlos en caso de tener servicio de catering subcontratado. Las características requeridas son las siguientes:
- Tener unas dimensiones acordes con el número de comensales.
- Disponer de acceso al exterior para que el suministro y la salida de residuos se realicen sin interferir con otras áreas.
- Tener ventilación directa exterior y extracción mecánica de humos y gases.
- Disponer de un almacén próximo para alimentos y materias primas no perecederas.
- Cumplir una serie de normas relativas a las paredes, que deben ser de fácil limpieza, resistentes y antideslizantes, entre otras.
Otras Dependencias
La Lavandería
Al igual que el catering, es un servicio que las residencias deben ofrecer, pero que puede subcontratarse a otra empresa. Cuando se preste el servicio en el propio centro residencial, debe cumplir una serie de normas:
- Las zonas de ropa limpia y sucia deben estar separadas por barreras que permitan diferenciar la entrada y salida de la ropa.
- Tanto la superficie de las paredes como la del suelo serán de fácil limpieza y antideslizantes.
Almacenes
Se deben prever diferentes tipos de almacenes:
- De comida.
- De material sucio, con sistema de eliminación de residuos.
- De lencería y ropa limpia.
- De objetos, materiales varios y mobiliario.
Mortuorio
Es habitual que en los centros de mayores se produzcan fallecimientos; por lo tanto, se deberá disponer, al menos en los centros grandes, de una estancia dedicada a esta función. Cada normativa específica detalla las condiciones (ventilación, temperatura, espacio mínimo, accesos, etc.). Generalmente, se exige que esté separado de los otros accesos del centro.
Calefacción y Calderas
Los centros residenciales dispondrán de elementos de calefacción en todas las dependencias susceptibles de ser utilizadas por personas usuarias. Deberá funcionar siempre que la temperatura ambiente lo requiera, con el fin de alcanzar una temperatura general de 20ºC. Los elementos que lo requieran dispondrán de protectores para evitar quemaduras por contacto directo.
Habitaciones o Dormitorios
Es la dependencia más personal de las personas usuarias, destinada a su recogimiento y descanso. La ventilación y la iluminación de esta estancia serán directas al exterior. Por razones de intimidad, es recomendable que el centro disponga de muchas habitaciones individuales (según el mínimo establecido por la normativa), aunque lo deseable es que sean dobles. Los armarios serán individuales y habrá una separación entre los espacios de los residentes.
Se establece una superficie mínima de habitación: entre 9 y 10 m² para las individuales y 14 m² para las dobles, sin contar el cuarto de baño.
Cada persona dispondrá de:
- Una cama con anchura mínima de 90 cm, adaptada a las necesidades de atención que requiera el usuario.
- Un armario con llave.
- Una mesilla de noche.
- Una silla confortable con apoyabrazos.
- Una mesa.
Además, debe haber espacio suficiente para el movimiento de sillas de ruedas.