España 1808-1814: Revolución Liberal en Cádiz y la Constitución 'La Pepa'

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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Contexto: La Guerra de la Independencia

El 2 de mayo de 1808 comenzó la Guerra de la Independencia española, un levantamiento popular para la liberación del ejército napoleónico, que había invadido España aprovechando el Tratado de Fontainebleau. Mientras el pueblo luchaba contra la invasión francesa, un grupo de diputados inició un movimiento revolucionario burgués con el objetivo de acabar con el Antiguo Régimen e implantar el liberalismo.

La Convocatoria de Cortes en Cádiz

En 1810, la Junta Central Suprema (organismo que coordinaba la labor de las juntas provinciales ante el vacío de poder), con sede en Cádiz (única ciudad importante no invadida por los franceses), traspasó sus poderes a una regencia colectiva de cinco miembros con el objetivo de convocar Cortes.

Composición y Tendencias de las Cortes

Estas Cortes unicamerales (un solo congreso de diputados) estaban formadas principalmente por:

  • Clases medias con formación intelectual
  • Eclesiásticos
  • Abogados
  • Funcionarios
  • Militares
  • Catedráticos
  • Burguesía industrial y comercial

Sin embargo, en ellas no estaban representadas las masas populares (campesinos, artesanos) ni las mujeres, debido a que aún quedaban reminiscencias del Antiguo Régimen. Dentro de las Cortes, existían dos tendencias principales:

  • Liberales: Partidarios de reformas revolucionarias que acabasen con las estructuras del Antiguo Régimen.
  • Absolutistas (o “serviles”): Contrarios a cualquier tipo de cambio y defensores de la continuidad del Antiguo Régimen y la monarquía absoluta.

Labor Legislativa: Decretos y Constitución

La tarea fundamental de estas Cortes era elaborar una constitución, pero su labor legislativa comenzó con la promulgación de una serie de decretos rápidos que buscaban desmantelar el orden establecido. Algunos de los más importantes fueron:

  • Libertad de imprenta (con limitaciones en materia religiosa).
  • Abolición de los señoríos jurisdiccionales.
  • Supresión de la Mesta.
  • Derogación de los gremios.
  • Abolición de la Inquisición.

Además, se produjeron debates muy polémicos sobre temas como la reforma agraria o la reorganización territorial.

La Constitución de 1812 ('La Pepa')

El broche final de la labor legislativa de Cádiz fue la Constitución de 1812, promulgada el 19 de marzo y conocida popularmente como 'La Pepa'. Técnicamente muy avanzada para su época, fue la primera constitución escrita de la historia de España y se convirtió en un modelo para constituciones posteriores, tanto europeas como latinoamericanas. Era una constitución extensa que reflejaba los principios del liberalismo, aunque mantenía algunas concesiones a la tradición:

  • Forma de gobierno: Monarquía constitucional hereditaria.
  • Soberanía: Reside esencialmente en la Nación, representada en las Cortes. Se establecía el sufragio universal masculino indirecto.
  • Separación de poderes: Definida pero imperfecta. El poder ejecutivo residía en el Rey, que nombraba a sus ministros; el poder legislativo correspondía a las Cortes con el Rey (el Rey sancionaba las leyes y tenía derecho de veto suspensivo); el poder judicial residía en los tribunales de justicia independientes.
  • Declaración de derechos: Recogía derechos fundamentales e individuales (igualdad jurídica, inviolabilidad del domicilio, libertad de imprenta para textos políticos, derecho de propiedad, etc.).
  • Organización territorial: Se establecía un modelo centralista, con la división del territorio en provincias gobernadas por un jefe político (precedente del gobernador civil) nombrado por el rey y una diputación provincial.
  • Religión: Se declaraba la confesionalidad católica del Estado, estableciendo la religión católica, apostólica y romana como la única y oficial de la Nación española.

Legado y Derogación

La labor de Cádiz supuso una revolución legal, pero su aplicación real fue limitada e inmediata. El pueblo español estaba centrado en la Guerra de la Independencia y, en gran medida, permaneció ajeno a estas reformas liberales. Al regresar a España en 1814, Fernando VII (el “Deseado”), quien había prometido acatar el régimen constitucional, restauró el absolutismo mediante el Decreto de Valencia (4 de mayo de 1814), derogó toda la obra legislativa de Cádiz y restableció el Antiguo Régimen. Salvo por el breve paréntesis del Trienio Liberal (1820-1823), el absolutismo se mantuvo hasta la muerte del rey en 1833. Habría que esperar al reinado de Isabel II para que el liberalismo se consolidase definitivamente en España.

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