Esenciales del Derecho Laboral: Conceptos Clave y Relaciones

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Esenciales del Derecho Laboral

Hitos Históricos

  • 1873 (-10)
  • 1919 (8h tras huelga 44)
  • 1932 (seguro obligatorio accidentes)

Poderes del Estado

  • Ejecutivo: (Presidente, Ministros, Administración) Aplica leyes, dirige política nacional, administra recursos públicos.
  • Judicial: (Jueces, Tribunales) Garantiza justicia, aplica leyes, resuelve conflictos basándose en la Constitución y el ordenamiento jurídico.
  • Legislativo: (Cortes Generales: Congreso de Diputados y Senado) Crea, aprueba y modifica leyes, controla al gobierno, aprueba presupuestos.

Fuentes del Derecho del Trabajo

  • Normativa UE
  • Constitución
  • Tratados Internacionales
  • Leyes
  • Reglamentos
  • Convenios Colectivos
  • Contratos de Trabajo
  • Usos y Costumbres

Grados de Consanguinidad o Afinidad

  • Titular/Cónyuge
  • 1º Grado: Padres, suegros, hijos, yerno/nuera
  • 2º Grado: Abuelos, hermanos, cuñados, nietos
  • 3º Grado: Bisabuelos, tíos, sobrinos, biznietos
  • 4º Grado: Primos

Tipos de Leyes

  • Orgánica: Afecta a derechos fundamentales (mayoría absoluta).
  • Ordinaria: Norma del poder legislativo aprobada por mayoría simple, aplicable al resto de derechos.
  • Decreto-Legislativo: Unifica leyes en una sola.
  • Decreto-Ley: Aprobado por el gobierno en urgencia, luego convalidado por el congreso.

Principios de Aplicación de las Fuentes del Derecho

(Jerarquía normativa, norma mínima, condición beneficiosa, norma más favorable, irrenunciabilidad de derechos, *in dubio pro operario*)

Competencias de las ETT (Empresas de Trabajo Temporal)

  • Actuar como agencia privada de colocación.
  • Celebrar contratos para formación, encargándose de actividades formativas.
  • Celebrar contratos en prácticas.
  • Realizar actividades de formación para FP.
  • Asesoramiento y consultoría de recursos humanos.

Relaciones entre ETT, Empresa Usuaria (EU) y Trabajador

Relación ETT y EU

Contrato mercantil firmado llamado contrato de puesta a disposición.

Relación ETT y Trabajador

  • Contrato firmado por escrito (puede ser fijo discontinuo para cesiones a distintas empresas).
  • ETT paga salarios y seguridad social, indemnización y, si no es responsable, subsidio de desempleo.
  • Debe dar formación de prevención antes, reconocimiento médico y entregar EPIs.
  • El trabajador tiene derecho a cobrar igual.
  • ETT paga indemnización de 12 días por año al finalizar el contrato.
  • El trabajador no paga nada.

Relación EU y Trabajador

  • EU tiene facultad de dirección y control; si hay falta, comunica a ETT para sanción.
  • EU informa sobre riesgos laborales y medidas de prevención.
  • El trabajador puede usar transporte e instalaciones.
  • Los trabajadores pueden acudir a representantes de trabajadores en la empresa.

Reglamentos

Aprobados por el Gobierno y la Administración. Concretan las leyes. Ejemplos: Real Decreto (aprobado por el Consejo de Ministros) y Orden Ministerial (aprobada por un ministro).

Convenios Colectivos

La Constitución establece el derecho de los sindicatos y los empresarios a negociar sus condiciones de trabajo (pacto privado). La ley (Estatuto de los Trabajadores) establece un mínimo y el convenio puede mejorarlo.

Derechos y Deberes Laborales

Derechos Colectivos

  • Libre sindicación
  • Derecho de huelga
  • Negociar convenios colectivos
  • Adoptar medidas de conflicto colectivo
  • Derecho de reunión
  • Participar en la empresa a través de sus representantes

Derechos Individuales

  • Elegir libremente profesión y oficio
  • Derecho a la ocupación efectiva (el empresario debe dar trabajo, si no, debe pagar el salario)
  • Promoción profesional y a la FP.
    • Solicitar ascensos según convenio
    • Acudir a exámenes oficiales o definitivos por el tiempo necesario
    • Elegir turno de trabajo para realizar estudios oficiales
  • Igualdad y no discriminación
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Intimidad y dignidad
  • Descanso: vacaciones, descanso semanal, entre jornadas y dentro de la jornada
  • Remuneración pactada

Deberes Laborales

  • Actuar de buena fe
  • Actuar con diligencia
  • Contribuir a la mejora de la productividad
  • No realizar competencia desleal con la empresa
  • Tomar medidas de prevención
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario (siempre que sean legales)

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