Entidades Locales en España: Tipos y Marco Jurídico
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Concepto y Clases de Entidades Locales
En el Título VIII de la CE se determina el modelo de organización territorial del Estado, recogiéndose en el artículo 137: «El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan». De este modo, se dejaba abierta la posibilidad de que algunas partes del territorio no llegaran a conformar una CCAA.
El desarrollo legislativo está contenido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Entidades Locales Territoriales en la CE
Las entidades locales territoriales que aparecen expresamente recogidas en la CE son:
- El Municipio
- La Provincia
- La Isla, en los archipiélagos Balear y Canario
Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial y la Provincia es una entidad local determinada por la agrupación de Municipios y es la división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado.
Otras Entidades Locales según la Ley 7/1985
La Ley 7/1985 define otras Entidades Locales que son:
- Entidades de ámbito inferior al Municipio, que están dentro de un municipio para gestionar determinados servicios: barrios, aldeas, pedanías, etc.
- Entidades de ámbito supramunicipal, pero inferior al provincial:
- Las comarcas: agrupaciones de municipios creadas por la CCAA para la gestión de los servicios que se les atribuya.
- Las áreas metropolitanas: agrupaciones de municipios creadas por la CCAA en áreas de alta concentración urbana para gestionar servicios en común y que entre dichos municipios existan vínculos económicos o sociales.
- Las mancomunidades de municipios: agrupación voluntaria de municipios para la gestión común de determinados servicios municipales. No es indispensable que pertenezcan a la misma Provincia.
Principios y Regulación
En el artículo 137 de la CE se detallan los principios generales y en el Capítulo Segundo del Título VIII, «De la Administración local», es donde se regula todo lo relacionado con los Municipios y Provincias: autonomía y democracia municipal, las Haciendas locales y lo relativo a las Provincias e Islas.
Importancia de la Descentralización
Para que exista un verdadero proceso de descentralización es fundamental que las Administraciones locales asuman nuevas competencias, ya que municipios y provincias pueden llevar a cabo la prestación de servicios a los ciudadanos con altos niveles de eficacia, eficiencia y calidad, debiendo reconocer las CCAA el papel tan importante que las administraciones locales pueden ejercer.
Está pendiente un segundo proceso de transferencias desde las CCAA hacia municipios y provincias, y no hacerlo sería negar el principio de descentralización.