Entendiendo el Salario y la Protección Laboral: SMI, IPREM y FOGASA
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 3,98 KB
El Salario: Percepciones Económicas y Naturaleza
Se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Estas retribuyen el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como trabajo. El salario en especie no puede superar el 80% de las percepciones salariales del trabajador, excepto para los trabajadores del hogar (45%), entre otros casos.
Componentes del Salario
- Salario Base del Grupo o Salario de Contratación: Retribución por unidad de tiempo u obra.
- Complementos Salariales: Se fijan en función de las circunstancias personales, el trabajo realizado, las condiciones del mismo, etc.
Formas de Retribución del Salario
Según el Medio de Pago:
- Retribución Dineraria: En metálico o mediante otros medios (ej. cheque).
- Retribución en Especie: Entrega de ciertos bienes o beneficios al trabajador.
Según el Método de Pago:
- Salario por Unidad de Tiempo: Solo se retribuye el tiempo trabajado, sin tener en cuenta el rendimiento.
- Salario por Unidad de Obra: Se retribuye el trabajo efectivamente realizado por unidades, piezas, etc.
- Salario Mixto: Cantidad fija por el tiempo empleado y cantidad variable por el trabajo realizado.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Es la cantidad mínima que un trabajador puede recibir por una jornada de 40 horas semanales. Puede ser mejorado por los convenios laborales y los contratos de trabajo. En caso de que la jornada laboral sea menor de 40 horas, el salario será proporcional al tiempo trabajado. El SMI puede aumentar con los complementos salariales. También es inembargable; solo pueden embargarse las cantidades que superen el importe del SMI. El único caso en el que se puede embargar es si no se cumple la obligación de pagar las pensiones alimenticias de los hijos o cónyuge.
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
Es un indicador de nivel de rentas para acceder a algunas prestaciones, beneficios o servicios públicos, o para calcular el importe de algunas prestaciones, ayudas y subvenciones públicas. El importe de este indicador se fija cada año en la Ley de Presupuestos del Estado.
Garantía del Salario
En caso de que el empresario no pueda hacer frente a sus obligaciones económicas, los salarios de los trabajadores tienen preferencia sobre otras deudas del empresario. El salario está garantizado con estas medidas:
- La cantidad adeudada por salario corresponde a los últimos 30 días de trabajo; la cuantía no puede superar el doble del SMI.
- Los créditos salariales gozan de preferencia.
- Los créditos por salario no protegidos en los puntos anteriores se consideran singularmente privilegiados en la cuantía que resulte de multiplicar el triple del SMI diario por el número de días de salario pendiente de pago.
- Las indemnizaciones por despido tienen la misma consideración anterior.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
Es un organismo autónomo que tiene por finalidad garantizar parcialmente a los trabajadores los salarios y las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral pendientes de pago.
- Salario: La cantidad máxima a abonar es el triple del Salario Mínimo Interprofesional diario, con un máximo de 150 días.
- Indemnizaciones: Por despido o extinción de la relación laboral, reconocidas en sentencia judicial o resolución administrativa, con un límite de una anualidad sobre la base de 30 días por año de servicio. El cálculo no puede pasar del triple del SMI.