Entendiendo la Constitución Española: Características, Funciones y Estructura

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1. ¿Qué características tiene la Constitución Española?

R= Constitución jurídica, ya que se desarrolla sobre la base del Derecho.

R= Se encuentra codificada en un solo texto cerrado, a diferencia de las anteriores normas del régimen franquista a la que sustituye.

R= Se trata de un texto muy extenso, a diferencia de otras Constituciones de países europeos que son más breves.

R= Es rígida en cuanto a su reforma, ya que no es posible modificarla a través de procedimientos legislativos ordinarios.

R= Se trata de un texto pactado entre los diferentes grupos políticos con representación parlamentaria en 1977.

R= Está fuertemente influenciada por la Constitución de los países europeos.

R= El texto constitucional dispone la constitución política del Estado español bajo la forma de una monarquía parlamentaria.

R= La configuración territorial del Estado asume la forma de un Estado unitario regionalizado y no federal.

2. ¿Qué funciones tiene el Defensor del Pueblo?

R= La defensa de los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución.

R= Supervisar la actividad de la Administración.

R= Dar cuenta a las Cortes.

3. ¿Quién elige y quién puede ser elegido como Defensor del Pueblo?

R= Será elegido por las Cortes para un periodo de 5 años.

R= Puede ser elegido Defensor del Pueblo cualquier español mayor de edad que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.

4. ¿Qué partes tiene la Constitución Española?

R= Parte dogmática, que comprende los principios inspiradores de su elaboración y aquellos elementos que configuran el sustrato fundamental del sistema político que recoge. Esta se divide en dos:

  1. Preámbulo: donde se contienen las grandes definiciones sobre la esencia del Estado, los principios fundamentales de su organización y los valores reconocidos como superiores.
  2. Título I: en el que se recogen los derechos y deberes fundamentales de los españoles, se garantiza su cumplimiento y ejercicio, así como la circunstancia de su suspensión.

R= Parte orgánica, que recoge los principales Órganos e instituciones del estado, así como la articulación territorial del mismo. En la constitución de 1978, esta parte se divide en nueve títulos y un grupo de diferentes disposiciones de tipo aclaratorio que tiene la denominación inicial de disposiciones.

Títulos de la Parte Orgánica:

  • Título I: De los derechos y deberes fundamentales
  • Título II: De la Corona (arts. 50 - 65)
  • Título III: De las Cortes Generales (arts. 66-96)
  • Título IV: Del Gobierno y la Administración (arts. 97-107)
  • Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (arts. 108-116)
  • Título VI: Del Poder Judicial (arts. 117-127)
  • Título VII: Economía y Hacienda (arts. 128-136)
  • Título VIII: De la organización territorial del Estado (arts. 137-158)
  • Título IX: Del Tribunal Constitucional (arts. 159-165)

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