Entendiendo las Asociaciones y Fundaciones: Naturaleza, Requisitos y Estructura
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Asociaciones y Fundaciones
Asociaciones
Características y Finalidad de las Asociaciones
Las asociaciones conjugan el compromiso individual de las personas con la acción colectiva y son una forma de expresión democrática.
Son también empresas, pero sui generis, por su finalidad y su forma de organización, ya que su actividad es un medio al servicio de su finalidad principal, que es la prestación de un servicio, y su funcionamiento es democrático, lo que les da un carácter particular. Su finalidad es modificar el entorno y mejorar las condiciones de vida de sus miembros y beneficiarios, de acuerdo con los ámbitos temáticos y territoriales. Su gestión económica no lucrativa convierte a la prestación en un servicio de interés general.
La asociación, además de ser una tendencia natural de la persona, es un instrumento de participación que fortalece la diversidad cultural y la democracia.
Marco Legal y Exclusiones para Asociaciones sin Fines de Lucro
La ley define el ámbito de las asociaciones sin fines de lucro, quedando fuera:
- Sociedades civiles
- Sociedades mercantiles
- Sociedades industriales
- Sociedades laborales
- Cooperativas
- Mutualidades
- Comunidades de bienes o de propietarios
- Corporaciones públicas (ej. la ONCE)
Requisitos para Asociaciones sin Fines de Lucro
Las asociaciones sin fines de lucro deben cumplir con ciertos requisitos, a saber:
- Que sus fines sean la promoción del interés general.
- Que beneficien también a terceros, por lo que se establece la diferencia entre socios y beneficiarios.
- Que los miembros de representación, en el ejercicio de esta actividad, no sean retribuidos con cargo a las subvenciones o ayudas recibidas, salvo cuando desarrollen actividades dentro de la asociación que no se refieran a sus cargos representativos.
- Que cuenten con recursos humanos, materiales y financieros para realizar sus fines.
- Que estén inscritas en el Registro Nacional o en el de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Fundaciones
A partir de las fundaciones de carácter benéfico-asistenciales, se pudo ampliar no sólo la autonomía fundacional sino también su especialización.
Clasificación de las Fundaciones
Se clasifican de la siguiente manera:
- Fundaciones benéfico-asistenciales: las destinadas a la satisfacción permanente de necesidades intelectuales o físicas.
- Fundaciones culturales: aquellas que desarrollan sus funciones en el ámbito de la educación y la investigación científica y técnica o cualquier otra actividad cultural. Se subdividen en:
- Fundaciones docentes
- Fundaciones culturales en sentido estricto
- Fundaciones laborales: las constituidas en el ámbito de una o varias empresas.
Definición Legal de Fundaciones
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones define estas entidades como: “organizaciones sin ánimo de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general”.
Estructura Organizativa de la Fundación
La estructura organizativa de la fundación está definida como sigue:
Órganos de Gobierno Internos de la Fundación:
- Patronato: es el órgano de gobierno y representación.
- Presidente.
- Patronos o miembros.
Órganos Externos de la Fundación:
- Protectorado de Fundaciones, cuya función es el asesoramiento y la ayuda a las fundaciones y la intervención de la Administración general.
- Consejo Superior de Fundaciones: es el órgano de carácter consultivo.
- Registro de Fundaciones: lugar donde se debe hacer pública la existencia de las fundaciones.