La Empresa: Tipos, Constitución y Sucesión

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La Empresa

La empresa se puede definir como una organización dedicada a actividades industriales, mercantiles con fines lucrativos, que surge como resultado de la iniciativa de una o varias personas denominadas empresarios.

Tamaño

  • Pequeña: Menos de 50 trabajadores
  • Mediana: Entre 51 y 250 trabajadores
  • Grandes: Más de 250 trabajadores

Actividad

  • Sector Primario
  • Sector Secundario
  • Sector Terciario
  • Sector Cuaternario

Ámbito

  • Local
  • Provincial
  • Regional
  • Nacional
  • Multinacional

Propiedad

  • Privada: El capital pertenece a personas físicas o jurídicas
  • Pública: El capital pertenece a una entidad pública
  • Mixta: El capital es en parte público y en parte privado

Forma Jurídica

  • Empresario individual o sociedad.

Empresario individual

Persona física mayor de edad, tiene la libre disposición de sus bienes. Realiza en nombre propio y de forma habitual una actividad empresarial. Sometida al Código de Comercio en materia mercantil y al Código Civil en materia de derechos y obligaciones. Debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y abonar las correspondientes cotizaciones. No está obligado a formalizar su intención de dedicarse al comercio en una escritura pública. No ha de inscribirse en el Registro Mercantil

Emprendedor de responsabilidad limitada

Persona física con limitación de responsabilidad, realiza de forma habitual, personal y directa por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección de otra persona una actividad económica con fines lucrativos, con o sin trabajos a su cargo. Responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa. Personalidad jurídica es la misma que la de su titular. No se requiere de un capital social mínimo.

Colectividades no societarias

Empresas colectivas formadas por varias personas físicas. No revisten ninguna de las formas societarias previstas en la legislación mercantil.

Sociedades mercantiles

Se deben constituir en escritura pública. Se distinguen en dos tipos de sociedades:

  • Personalistas:
    • Sociedades colectivas
    • Sociedad comanditaria simple: tiene dos tipos de socios:
      • Socios colectivos: aportan trabajo y capital y responden ante las deudas sociales.
      • Socios comanditarios: sólo aportan capital y su responsabilidad se limita a su aportación.

Trámites de puesta en marcha de una empresa

  1. Agencia tributaria
  2. Tesorería general de la seguridad social
  3. Registro mercantil provincial
  4. Autoridades de certificación
  5. Consejería de trabajo de la comunidad autónoma
  6. Ayuntamiento
  7. Agencia española de protección de Datos

Las empresas familiares

Se pueden definir teniendo en cuenta dos perspectivas:

  1. La propiedad: Cuando se posee la mayoría del capital social.
    1. En empresas no cotizadas, más del 50%
    2. En empresas cotizadas, más del 25%
  2. La gestión: La sociedad/organización está gestionada por la familia.

ii. El concepto de empresa familiar relaciona dos conceptos, empresa y familia, ya que esta empresa sostiene esta familia pero a su vez la familia dirige y gestiona la empresa porque posee la mayor parte del capital, normalmente más del 50%.

Sociedades de capital

Responsabilidad limitada (SRL)

  • Capital inicial: 3000€
  • Se divide en participaciones sociales, indivisibles y acumulables.
  • Los socios responden a las deudas solo hasta la cantidad aportada.
  • Plazo de dos meses para registrarse en el registro mercantil y el otorgamiento de la escritura pública.

Sociedad limitada de formación sucesiva

  • Sin capital mínimo
  • El resto es igual a la SRL

Sociedad limitada nueva empresa

  • No pueden haber más de 5 socios cuando se constituye.
  • Capital: mínimo 3.000€ y máximo 120.000€
  • La administración facilita la creación de empresas y simplifica los trámites para constituirla y tiene beneficios fiscales.

Sociedad anónima

  • Capital social: dividido en acciones, los socios no responden personalmente a las deudas, no puede ser menos de 60.000€

Sociedad comanditaria por acciones

  • Capital social: dividido en acciones no debe ser menos de 60.000€
  • Debe haber un socio colectivo que responda a las deudas.

Sociedades mercantiles especiales

  • Las principales son:
    • Sociedades laborales
    • Sociedades cooperativas

Documentos Públicos

Autorizados por un notario. Hacen prueba del hecho que motiva su otorgamiento y de la fecha de este. Si se desea que los contratos surtan efectos frente a terceros, tendrán que realizarse a través de una escritura pública.

Documentos Privados

No han sido autorizados por un notario o empleado público. Hacen prueba de los hechos que los motiva pero únicamente entre las partes que los han suscrito.

Fedatarios Públicos

Funcionarios públicos encargados de verificar y dar fe a través de su firma y sello oficial, de la autenticidad de documentos y actos jurídicos. Tipos: Notario, Registrador Público.

Documentos Notariales

Escrituras Públicas

Contenido propio: las declaraciones de voluntades, prestación de consentimientos…

Actas Notariales

Constatación de hechos o la percepción que de ellos tenga el notario.

Pólizas intervenidas

Actos y contratos de carácter mercantil y financiero.

Documentación necesaria para constituir una sociedad mercantil

  1. Solicitud de la certificación negativa de nombre o razón social
  2. Número de identificación fiscal (NIF) a través del modelo 036 en la agencia tributaria
  3. Otorgamiento de la escritura pública de constitución
  4. Liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) modelo 600 en la agencia tributaria.
  5. Inscripción en el registro mercantil.

Consello de Familia

Sus principales funciones son las siguientes:

  1. Resolver aquellos problemas que se produzcan entre la familia y la empresa.
  2. Dirigir y organizar la sucesión en la empresa.
  3. Defender los derechos de aquellos familiares que no trabajen en la empresa.
  4. Diseñar, revisar y actualizar el Protocolo de Familia, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del mismo.

Modalidades Sucesorias na Empresa Familiar

i. La sucesión deberá resolver el control sobre la gestión de la empresa familiar. El empresario familiar puede considerar la sucesión desde tres puntos de vista:

  1. Aplazando este hecho hasta su muerte.
  2. Transmitir la empresa en vida, paulatinamente, para ir incorporando a sus sucesores a los pocos.
  3. Transmitir la empresa en una sola vida (Donación)

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