Emisión de Comprobantes Fiscales: Obligaciones y Requisitos en Argentina
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1. ¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes y cuáles son las operaciones que los generan?
Respuesta: Están obligados a emitir comprobantes todos los contribuyentes y responsables de cualquiera de los impuestos que caen dentro del ámbito de la Dirección General Impositiva (DGI). Las operaciones que generan la obligación de emitir comprobantes son:
- Compraventa de cosas muebles.
- Locación de cosas u obras, incluidos muebles.
- Transportes de bienes primarios o elaborados, siempre que se realicen en forma habitual.
2. ¿Quiénes están exceptuados de emitir comprobantes?
Respuesta: Existen entidades exceptuadas del régimen de emisión de documentación de las operaciones que efectúan. Algunos ejemplos son:
- Reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas del Estado Nacional, Provincial o Municipal.
- Cooperativas de vivienda, crédito y consumo.
- Empresas de transporte público de pasajeros.
- Concesionarios autorizados para la venta de billetes de lotería, quiniela y otros juegos de azar.
- Entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias.
- Instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, salud, etc.
Esta excepción no implica que no se emita ningún tipo de comprobante, sino que los emitidos no tienen que cumplir con los requisitos generalmente exigidos.
3. ¿Cuáles son las clases de comprobantes obligatorios y pueden ser reemplazados por otros?
Respuesta: Los comprobantes obligatorios son la factura y el remito, y sus documentos equivalentes. Un documento equivalente es aquel que puede reemplazar al documento obligatorio con la misma validez.
La carta de porte y la guía aérea equivalen al remito. Los cupones y recibos que representan constancia de pago y que son emitidos por entidades deportivas, sociales y culturales, y también por entidades de medicina prepaga de emergencias, son considerados documentos equivalentes. Los tickets se pueden utilizar en casos específicos.
4. ¿Qué requisitos deben presentar los documentos y cómo se conforma la numeración?
Respuesta: Todos los comprobantes deberán imprimirse siguiendo estos requisitos:
- Medidas mínimas: 15x20 cm.
- Formato: vertical o apaisado.
- Emisión: por duplicado como mínimo.
- Datos exigidos: preimpresos.
- Numeración: La numeración está formada por 12 dígitos. Los 4 primeros identifican al lugar de emisión del comprobante. Se enumera en forma consecutiva a partir del 0001, en forma consecutiva y progresiva, incluida la casa matriz, aun cuando no haya sucursales. Los últimos 8 números corresponden a la numeración correlativa de la documentación.
- Ejemplo: 0001 (sucursales o casa matriz) - 00000145.
5. ¿Qué datos específicos deben contener los documentos?
Datos preimpresos:
- Identificación del documento: factura, recibo, etc.
- Clase de documento: A, B o C.
- Numeración consecutiva y progresiva.
- Indicación de original y duplicado.
- Código de autorización de impresión (CAI).
- Fecha de vencimiento de los documentos.
- Datos del emisor: preimpresos.
- Datos del destinatario (a completar):
- Nombre y apellido o razón social.
- Número de CUIT.
- Domicilio comercial.
- Condición que reviste ante el IVA.
- Número de inscripción en Ingresos Brutos.
- Fecha de inicio de actividades.
- Habilitación municipal y fecha de impresión.
- Datos de la operación (a completar):
- Fecha de emisión del documento.
- Condiciones de venta o pago.
- Número del documento.
- Detalle de la operación.
- Discriminación del IVA.
6. ¿Puede un ticket reemplazar una factura?
Respuesta: Se puede reemplazar la factura por un ticket si cumple las siguientes condiciones:
- Que se trate de una operación al contado.
- Que el destinatario sea un consumidor final.
- Que el importe sea menor a $1000.
- Fecha de emisión.
- Número consecutivo y progresivo.
- Datos del emisor.
- Número de CUIT.
- Importes parciales y totales, y las siglas CF (Consumidor Final), DGI.
7. ¿Qué función cumple el controlador fiscal?
Respuesta: La emisión de facturas es el mejor sustento de la actividad económica para una adecuada aplicación del principio de lealtad comercial y para evitar la evasión fiscal. Por ello, se establece el uso de controladores fiscales informatizados, comúnmente llamados "caja negra".
Estos controladores tienen una memoria inviolable, lo que permite a los inspectores controlar los registros de la caja con los ingresos declarados por el comerciante.
8. ¿Qué obligaciones deben cumplir quienes utilizan controlador fiscal?
Respuesta:
- Habilitar el equipo mediante la DGI.
- Identificar el equipo fijando en el mismo, en forma visible, la autorización de uso otorgada por la DGI.
- Usar solo el controlador fiscal para la emisión de todos los comprobantes de venta.
- Usar solo la impresora autorizada.
- Usar solo el servicio técnico autorizado.
- Solicitar servicio técnico de forma inmediata al detectar cualquier anormalidad.
- Solicitar recambio de la memoria fiscal o su baja.
- Conservar la memoria fiscal reemplazada de forma de permitir la recuperación de datos.
- Permitir el acceso al controlador fiscal solo al servicio técnico o al personal de la DGI que extrae electrónicamente los datos.
9. ¿Qué disposiciones se deben cumplir si se utilizan tarjetas de crédito o débito?
Respuesta: El sujeto obligado a emitir facturas o documentos equivalentes debe cumplir con las siguientes disposiciones en la utilización de tarjetas para poder establecer el vínculo entre la factura y el cupón utilizado:
- En la factura o documento equivalente se deberá identificar: el sistema al cual pertenece la tarjeta (por ejemplo, Visa) y el número de cupón utilizado en la operación.
- En el cupón de la tarjeta de crédito o débito: el número de CUIT del emisor y el número de factura o documento equivalente.