Elementos Esenciales y Tipos de Contratos: Una Exploración Detallada
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Elementos Esenciales y Tipos de Contratos
Contrato:
- Consentimiento: Teoría de la voluntad, teoría de la declaración.
- Oferta, requisitos:
- Que se complete.
- Que sea oportuna.
- Que sea dirigida al oferente.
- Que fuese intención del contratador.
- Que guarde las formas requeridas.
Sujetos en el Contrato
- Persona natural:
- Tutela (menores).
- Curatela (mayores).
- Excepción (incapaces).
- Personas jurídicas: Representantes.
Elementos del Contrato
- Esenciales:
- Comunes: Consentimiento, causa, objeto.
- Especiales: Indispensables.
- Especializaciones: Debe existir necesariamente.
- Naturales: Consecuencias de la celebración del contrato.
- Accidentales: Agregadas para modificar los efectos normales del contrato desmaterializado.
Tipos de Contratos
Contrato accesorio: Contrato principal (hipoteca).
Contrato gratuito: Solo una de las partes se empobrece (compra venta, arrendamiento).
Contratos aleatorios y conmutativos: Se caracteriza por el riesgo.
Contrato constitutivo: Cuando se crea una nueva relación jurídica.
Contrato bonificativo: Cuando se modifica la situación jurídica.
Contrato liquidativo: Cuando pone fin a una situación calificativa.
Contrato de traslación de dominio: Se califica en dos:
- Contrato traslativo absoluto.
- Contrato traslativo relativo.
El Principio del Consensualismo
El contrato se perfecciona con el consentimiento de las dos partes.
Libertad de Contratación
El contrato es una decisión económica y las decisiones tienen que ser libres. Está compuesta por dos libertades:
- Libertad de contratar: Facultad de toda persona de celebrar o no un contrato y con quién lo quiere celebrar.
- Libertad contractual: Decide el tiempo de contrato, la forma del contrato, jurisdicción y el objeto del contrato.
Limitaciones para la Libertad de Contratación
- Contratos sobre servicios públicos.
- Contratos reglados.
- Contratos masivos.
- Contratos forzados.
Contratos Atípicos
Son aquellos contratos que no encuentran una regulación positiva, integral y sistemática en el ordenamiento jurídico.
Derechos de la Libertad de Contratación
- Libertad de contratar.
- Libertad para decidir con quién contratar.
- Libertad para elegir el objeto del contrato.
- Libertad para crear nuevos tipos contractuales.
Tipo y Tipicidad
Tipo: Se utiliza para distinguir las diversas conductas a las que el ordenamiento legal consagra como categorías jurídicas.
Tipicidad: Es un mecanismo jurídico tomando en base al tipo de la realidad social, culmina como la creación de un tipo jurídico.
La Disciplina de los Tipos Contractuales
- La disciplina del tipo genérico.
- La disciplina de los tipos contractuales.
- La disciplina del contrato atípico.
Se tipifica un contrato esperando el surgimiento y consolidación en el mercado del tipo contractual.
Contratos Atípicos:
Unión de contratos, contratos mixtos.
El contrato es bilateral porque es acuerdo de dos personas y cuando es unilateral porque es la decisión solitaria del sujeto y no es compartida con ningún otro sujeto.
El contrato impuesto es cuando el contrato no puede tener en su base la voluntad de una de las partes, constreñida al contrato por la ley también contra su voluntad.