Elementos del Estado de Derecho: Jurisdicción, Competencia y Proceso Penal

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Elementos del Estado

Los elementos del Estado son: territorio terrestre, territorio marítimo y territorio aéreo.

Definición de poder: El poder es la capacidad de obtener obediencia de otros. Es el poder que monopoliza el uso legítimo de la fuerza en un territorio.

Características del poder

  • Necesario: destinado a vivir en una sociedad organizada.
  • Político: es un poder amplio, general, que afecta potencialmente todos los aspectos de la vida humana en sociedad.
  • Temporal: no involucra lo religioso o lo referido a las creencias o lo espiritual.
  • Coactividad: capacidad de imponerse aun contra la voluntad de quien está destinado el mando. El poder del Estado es el único dominante.
  • Ejecutoriedad: actos emanados de la administración del Estado por el cual se cumplen inmediatamente.
  • Soberanía: máxima autoridad, por encima de todo poder.

Estado de Derecho

Evita que la concentración de los poderes del Estado, al no ser controlado, provoque un menoscabo y grave daño a los derechos fundamentales.

Elementos del Estado de Derecho

  1. División y separación de funciones: consiste en que las funciones del poder del Estado estén radicadas de manera preferente en alguno de los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial).
  2. Principio de legalidad.
  3. Control de la administración y responsabilidad del Estado: esta función la cumple la Cámara de Diputados.
  4. Respeto y protección de los derechos o garantías individuales: consagrados en la Constitución.

División de las Funciones del Estado

a) Función legislativa (Poder Legislativo): creación de la dictación de leyes, conforme al procedimiento constitucional. Deben ejercer sus funciones los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

b) Función judicial: aplicar la norma jurídica, general y abstracta, al caso concreto y particular sometido a la decisión de los tribunales de justicia en cumplimiento de la Constitución.

c) Función ejecutiva o de administración (Poder Ejecutivo): consiste en la conducta del gobierno y la administración del Estado de acuerdo con la Constitución y las leyes para la promoción y la obtención del bien común.

Jurisdicción: La Facultad de Administrar Justicia

Características de la Jurisdicción

  1. Función pública: es una potestad, está sujeta a normas de derecho público y de orden público.
  2. Concepto unívoco: se encarga del derecho civil y derecho penal.
  3. Poder deber: potestad, se trata de una manifestación de la soberanía estatal y en su virtud para la mantención.
  4. Inexcusable: obligados, el juez que no cumple con su deber se encuentra sujeto.
  5. Es esencialmente territorial: se aplica la jurisdicción en todo el territorio aéreo, marítimo.
  6. Es esencialmente improrrogable: significa transferir el ser juez.
  7. Indelegable: es una emanación de la soberanía, el juez no puede delegar la función judicial a otro órgano particular.
  8. Constitucional: está amparada por la Constitución.
  9. Imperativa: amparada por el imperio, es la facultad de los tribunales para hacer ejecutar ellos mismos lo juzgado.
  10. Inderogable: emanación de la soberanía.

Momentos Jurisdiccionales

  • Conocer: tomar conocimiento del hecho punible.
  • Juzgar: periodo de dictar sentencia terminada la etapa de conocimiento.
  • Ejecutar: auxilio de la fuerza pública.

La Competencia

Es la facultad que tienen los jueces y tribunales para conocer los negocios dentro de la esfera de sus atribuciones.

Jurisdicción: facultad obligatoria que tienen los tribunales de administrar justicia.

Clasificación de la Competencia

  • Según la fuente: prorrogada.
  • Según si es originaria o derivada: propia, delegada.
  • Según el número de negocios de que se compone: común y especial.

Clases de Competencia

  • Competencia natural: aquella que se asigna por ley a un determinado tribunal.
  • Competencia absoluta: aquella que persigue determinar la jerarquía piramidal.
  • Competencia relativa: aquella que determina del tribunal dentro de una jerarquía, es competente para un asunto específico.

Reglas Generales de la Competencia

  1. Fijeza: radicado con arreglo a la ley.
  2. Grado: la competencia de un juez inferior para conocer en primera instancia.
  3. Extensión: el tribunal que es competente para conocer de un asunto.
  4. Prevención: según la ley fueren competentes para conocer un mismo asunto dos o más tribunales, ninguno podrá excusarse.

Reglas de Competencia Absoluta

Disposiciones legales que permiten establecer qué jerarquía o clase de tribunal es llamado a conocer de un determinado asunto judicial.

Generales, complementarias, consecuenciales. Su infracción no tiene una sanción única.

Principios del Nuevo Sistema Penal

  • Oralidad: la audiencia debe ser siempre oral y verbal. El querellante y el defensor deberán exponer sus argumentos frente al juez.
  • Publicidad: las audiencias son públicas, puede asistir cualquier persona a excepción que el tribunal proteja la identidad de la víctima.
  • Adversarial: cada ente tiene su propia función: conocer, juzgar, preparar, investigar.
  • Concentración y continuidad: las audiencias son continuas y se detienen en algunos casos fundados.
  • Inmediación: en la audiencia deben estar los intervinientes.
  • Derecho al debido proceso: derecho a ser juzgado, se requiere un proceso previo, debe ser racional y justo.
  • Juicio previo y única persecución.
  • Legalidad: el juez autoriza y protege los derechos fundamentales de la víctima y del imputado.
  • Principio de oportunidad: facultad del órgano de ejercer la acción penal pública y acusar al imputado.
  • Promoción del interés de la víctima.

Etapas del Proceso Penal Ordinario

  1. Trámites previos a la investigación.
  2. Formalización de la investigación.
  3. Acusación del fiscal.
  4. Juzgamiento.

Actividad Previa del Ministerio Público

Puede iniciarse por:

  • Oficio: el Ministerio Público puede iniciar la investigación criminal sin necesidad de una denuncia, es decir, es de forma autónoma.
  • Querella: acción judicial por el cual es iniciada por la víctima del delito o sus representantes legales. La interpone la víctima, representantes legales, hijos, etc.
  • Denuncia: acto por el cual se pone en conocimiento a las autoridades un acto que reviste carácter de delito.

Tipos de Querellas

  • Adhesiva: delitos de acción penal pública como colaborador y control externo del Ministerio Público.
  • Privada: tiene carácter de acusador exclusivo y excluyente en los delitos de acción penal privada.

Potestades de Iniciar una Investigación

  • Archivo provisional: se abre cuando existen nuevos antecedentes. Esta causa ostenta en la cual el fiscal archiva provisionalmente a pesar de que existieran nuevos antecedentes, pero no están claros.
  • Facultad de no iniciar una investigación.

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