Elementos del delito de homicidio
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pluralidad
de actos y unidad
de delito:
Pueden ser habituales y continuados.
Habituales
Consisten en la repetición de los mismos actos con una finalidad para producir
La consumación.
Continuados
Conjunto de acciones espaciadas en el
Tiempo perpetradas por un mismo delincuente que, vulneran igual bien jurídico y
Están inspiradas en similar propósito criminal. Cada acción aisladamente
Considerada ya es delito.
Requiere triple identidad estado de ejecución:
Perfectos
consumado cuando la acción ejecutada encuadra en el
Tipo penal y se produce el resultado previsto, en otras palabras, la hipótesis
Descrita por la ley se convierte en realidad.
Imperfectos
proposición consiste en sugerir a otro la
ejecución;
conspiración es el concierto entre varios para delinquir, tentativa
y delito frustrado.
Constatación;
Flagrante
Se está
Cometiendo. In fraganti Puede detener cualquier persona sin previa orden
Judicial, la policía está obligada a detener y en ciertos casos los funcionario
Públicos.
No flagrante
Ya se cometíó el resultado formales
Puros, de mera actividad, verbi gracia: ultrajes públicos a las buenas
Costumbres (art. 373), no aceptan la frustración, pero si la tentativa, porque
No puede supónérseles etapas previas a la consumación, aunque sí, el comienzo
De su ejecución. Los delitos de lesión o daño se traducen en un
Detrimento efectivo o menoscabo del bien jurídico protegido.
peligro exigen
Para su consumación la creación de un riesgo o posibilidad que la lesión del
Bien jurídico se produzca.
Peligro Concreto
Es menester probar la
Efectividad de la crisis a producir, el incendio de buques Peligro abstracto:
Es indiferente que se demuestre la situación de nocividad o amenaza que deriva
De la acción persecución:
Pública
Puede denunciar cualquier
Persona o perseguirse de oficio por el MP, en algunas situaciones hay
Obligación de denunciar;
Mixta
Requieren de denuncia de ciertas
Personas para iniciar la persecución;
Privada
Son perseguibles a
Instancia del agraviado o de ciertas personas mediante querella Según el sujeto
Activo; Individuales:
Por su naturaleza los ejecuta una sola persona, sin
Perjuicio de la eventual participación criminal de otros, son los autores
Individuales, directos o inmediatos. Ej.: homicidio.
Colectivos
Requieren de la intervención de 2 o más
calificados
o agravados: se agregan al
Tipo simple u original nuevas circunstancias personales o fácticas que muchas
Veces son agravantes comunes y que los transforman en delitos específicos más
Graves.
Privilegiados
Se añaden nuevos entornos que disminuyen la
Penalidad. Según su naturaleza:
Se asienta más bien en su finalidad y
Pueden ser:
comunes son las figuras descritas en el militares son
Los ilícitos propios de los miembros de las FF. AA. Y Carabineros.
Especiales
Figuras tipificadas en leyes singulares.
Objeto del delito: 2 aspectos
objeto material:
Es la persona o cosa sobre la cual se materializa el
Hecho punible, aquel ente que soporta la acción y el derecho que la infracción
Lesiona o pone en peligro.
Objeto jurídico:
Es el bien jurídico tutelado por la norma penal y lesionado o puesto en peligro
Por la acción delictual.
Común
Interés del Estado en la seguridad de las condiciones de vida de la Colectividad.
GenéricoPropio de un Determinado grupo de ilícitos que supone un titular del bien jurídico protegido O sujeto pasivo: el individuo, el Estado o la sociedad. EspecíficoConsiste en el aspecto particular que el interés puede asumir en un delito Concreto.Elementos del delito:el Hecho punible se compone de diversos ingredientes; Son esenciales aquellos Que determinan la existencia del delito como hecho punible, sin los cuales no Puede subsistir y lo distinguen de los que no lo son, como los delitos y Cuasidelitos civiles; pueden ser genéricos o comunes a todo delito, Son indispensables para su entidad pues deslindan con la atipicidad; mientras Que los específicos o propios son exclusivos de cada hecho punible Descrito por la ley, esto es, aquellos cuya concurrencia identifica un Injusto concreto y lo distingue de los otros ilícitos. |
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