Poder Ejecutivo y Judicial en Argentina: Atribuciones, Requisitos y Control Constitucional
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 4,95 KB
El Poder Ejecutivo Nacional
La función ejecutiva se divide en dos ámbitos principales: la función administrativa, que aplica las leyes a casos concretos mediante actos y hechos administrativos, y la función política, que se refiere a la conducción institucional o política del Estado. La persona encargada de desempeñar el cargo del Poder Ejecutivo será un ciudadano con el título de "Presidente de la Nación".
Causas de Cese y Reemplazo (Art. 88)
Según el Artículo 88, las causas por las cuales el titular del Poder Ejecutivo no podrá ejercer sus funciones son:
- Enfermedad
- Ausencia de la Capital
- Muerte
- Renuncia
- Destitución del Presidente
En caso de que se presente alguna de estas situaciones, será reemplazado por el Vicepresidente de la Nación.
Requisitos para el Cargo (Art. 89)
El Artículo 89 establece los requisitos para ser titular del Poder Ejecutivo Nacional:
- Haber nacido en el territorio argentino o ser hijo de ciudadano nativo (aun habiendo nacido en país extranjero).
- Poseer las demás cualidades exigidas para ser elegido Senador.
Duración del Mandato (Art. 90/91)
Según los Artículos 90 y 91, el mandato presidencial dura cuatro (4) años y el Presidente puede ser reelegido por un solo período consecutivo.
Sistema Electoral Presidencial (Art. 94-98)
¿Cuándo la fórmula presidencial gana en la primera vuelta y cuándo se requiere una segunda vuelta en las elecciones? (Artículos 94, 96, 97, 98)
Para ganar en la primera vuelta, la fórmula presidencial debe obtener más del 45% de los votos válidamente emitidos, o bien, más del 40% de los votos válidamente emitidos con una diferencia de más de 10 puntos porcentuales respecto a la fórmula que le sigue en cantidad de votos. La segunda vuelta electoral se realiza entre las dos fórmulas de candidatos más votadas.
El Poder Judicial
Función Principal
El Poder Judicial tiene a su cargo la función de juzgar, es decir, de resolver de forma definitiva los conflictos derivados de la aplicación del derecho. Esta función se asigna a los jueces.
Tipos de Conflictos
Los conflictos pueden ser:
- Entre particulares: como daños derivados de un accidente o un divorcio.
- Entre un particular y el Estado: por ejemplo, solicitar el levantamiento de la clausura de un diario dispuesta por el Presidente mediante un decreto.
Importancia de la Función Judicial
La función judicial es esencial para el Estado, ya que tiene por finalidad resolver, de acuerdo con el derecho, los conflictos que se plantean en una sociedad e impedir que estos problemas se repitan.
Rol de los Jueces y la Supremacía Constitucional
Los jueces tienen como función verificar, al decidir en un caso, que las leyes concuerden con la Constitución. En caso contrario, se debe aplicar la Constitución y no la ley, que por ser contraria a ella es inconstitucional.
Control de Constitucionalidad
Definición
El Control de Constitucionalidad consiste en verificar si las demás normas que componen el ordenamiento jurídico se ajustan a las normas de la Constitución Nacional. Si no existiera este control, la supremacía de la Constitución no tendría efecto.
Características del Sistema Argentino
El sistema argentino de control de constitucionalidad se caracteriza por ser:
- Judicial: Está a cargo de los jueces.
- Difuso: Todos los jueces nacionales y provinciales, al decidir en un caso, están habilitados para controlar la constitucionalidad de las normas aplicables para resolverlo.
- Reparador: Los jueces controlan la constitucionalidad de las leyes una vez que han sido aprobadas, promulgadas y publicadas, y han entrado en vigencia, no antes.
- Parcial: Existen actos de los poderes públicos, denominados cuestiones políticas no justiciables, que para no afectar la división de poderes están exentos del control judicial.
- Decisorio: La declaración judicial de inconstitucionalidad, una vez firme, es obligatoria para las partes. No hace falta que ningún órgano del gobierno la confirme o la ratifique.
- El control lo hace el juez en una causa: Solo puede controlar la constitucionalidad de una ley cuando debe resolver un conflicto que llega a su tribunal y debe aplicarla.
- De efectos relativos: El juez declara la inconstitucionalidad de una ley, se limita a no aplicarla en el caso concreto, pero no la deroga. Esta función corresponde al Congreso, no al juez.