Efectos y Obligatoriedad de las Decisiones de los Dispute Boards (DB)

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Efectos de los Dispute Boards (DB)

Decisiones y Recomendaciones

Las decisiones y las recomendaciones carentes de notificación de desacuerdo son obligatorias.

Cosa Juzgada

Hay quien ha entendido que eso significa cosa juzgada; sin embargo, no solo malentiende la naturaleza de los DB, sino que es justamente lo que se busca que no sucediera. Según González de Cossío, no es cosa juzgada, sino que son obligatorias como una cláusula de un contrato, pero no son finales.

Obligatoriedad Definitiva

Hay quien considera que las determinaciones de los DB son obligatorias de manera definitiva, es decir, que el tema decidido ha quedado resuelto en definitiva, que no puede analizarse de nuevo.

Pero la naturaleza de los DB es obtener un fallo en tiempo real, evitando costos y trámite, y muchas veces el DB puede no estar habilitado para determinar en Derecho quién tiene la razón.

Obligatoriedad Temporal

El efecto jurídico de las determinaciones de los DB es que tiene que ser atacado durante la vida contractual y hasta que el juzgado correspondiente, a quien le asiste el Derecho en la controversia en cuestión, lo resuelva. Es decir, cuando inicia el contrato y cuando termina, las decisiones y las recomendaciones son relevantes.

Definición Doctrinal de Arbitraje

Mohorade

Señala que la palabra “Arbitraje” tiene su origen en el vocablo latino “arbiter” que reconoce las voces de ad (cerca) y el antiguo verbo beto y bitio, que significa marchar, andar, por lo que no está claro que exista una vinculación directa entre el origen etimológico de la palabra y el significado jurídico que le atribuimos hoy en día.

González de Cossío

Citando a Jarrosson, “el arbitraje es una institución por la cual un tercero resuelve una diferencia que divide a dos o más partes en ejercicio de la misión jurisdiccional que le ha sido confiada”.

Elementos del Arbitraje (González de Cossío)

Estos elementos conforman la definición y deben tomarse en consideración para lograr el esbozo de un concepto:

  1. Existencia de una controversia.
  2. La solución vendrá de un tercero que es particular, es decir, no corresponderá a un tribunal estatal su emisión.
  3. La decisión que emite el tercero es final o no apelable.
  4. La decisión es vinculatoria, es decir, su cumplimiento no es opcional.

Elementos del Arbitraje (Aceves citando a Lew)

El arbitraje es una alternativa a un tribunal estatal; constituye un medio alterno de resolución de controversias, preferido en el ámbito internacional porque puede ofrecer neutralidad y flexibilidad para adaptarse a transacciones comerciales complejas.

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