Efectos y Alcance de las Obligaciones Contractuales

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Efectos de las Obligaciones

Las obligaciones generan consecuencias jurídicas para el acreedor y el deudor.

  • Acreedor: Dispone de herramientas legales para obtener el cumplimiento de la prestación debida.
  • Deudor: La ley le otorga derechos para cumplir la prestación y liberarse de la obligación.

Principio de Buena Fe

Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe. Esto implica que las partes no solo están obligadas a lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que razonablemente se deriven del contrato. Tanto el deudor como el acreedor deben actuar con cuidado, previsión y según las exigencias de la buena fe.

Efecto Relativo de los Contratos

Regla General

El contrato solo tiene efecto entre las partes contratantes y no afecta a terceros, salvo en los casos previstos por la ley.

Situación de los Terceros

El contrato no genera obligaciones para terceros, ni estos pueden invocarlo para imponer obligaciones a las partes, excepto disposición legal.

Parte del Contrato

Se considera parte del contrato a quien:

  1. Lo otorga a nombre propio, aunque actúe en interés ajeno.
  2. Es representado por un otorgante que actúa en su nombre e interés.
  3. Manifiesta la voluntad contractual, aunque sea a través de un corredor o agente sin representación.

Sucesores Universales

Los efectos del contrato se extienden a los sucesores universales, salvo que las obligaciones sean inherentes a la persona, la transmisión sea incompatible con la naturaleza de la obligación, o esté prohibida por una cláusula del contrato o la ley.

El principio general es que lo establecido en el contrato es ley solo para las partes, y no puede perjudicar a terceros. Sin embargo, se ven afectados:

  • Sucesor Universal: El heredero es propietario, acreedor o deudor de todo lo que el causante era. No hereda las obligaciones inherentes a la persona del causante.
  • Sucesores Singulares, Terceros y Acreedores Quirografarios: Estos se benefician o perjudican con los éxitos o fracasos de su deudor.

Efectos Inmediatos y Diferidos

Los efectos de una obligación pueden ser:

  • Efecto Inmediato: Se producen desde el nacimiento de la obligación.
  • Efecto Diferido: Se postergan en el tiempo debido a un plazo o condición.

Efecto Instantáneo y Permanente

  • Efecto Instantáneo: Se agota con el cumplimiento de una única prestación (ej: entrega de un bien).
  • Efecto Permanente: Se prolonga en el tiempo (ej: pago mensual de alquiler).


Efectos Respecto de las Partes

Respecto del acreedor: El acreedor dispone de herramientas legales para la satisfacción de su crédito. Los efectos se clasifican en principales y secundarios:

  • Principales: Buscan la satisfacción del acreedor mediante la entrega del objeto debido o su equivalente.
    • Cumplimiento voluntario del deudor.
    • Ejecución forzada por medios legales si el deudor no cumple.
    • Cumplimiento por un tercero a costa del deudor.
    • Indemnización por daños y perjuicios si no es posible el cumplimiento específico.
  • Secundarios o Auxiliares: Buscan mantener la integridad del patrimonio del deudor.
    • Medidas precautorias o cautelares: Embargo, inhibición de bienes, secuestro de bienes, intervención.
    • Acciones de integración y deslinde de bienes: Acción de simulación, acción revocatoria, acción subrogatoria, acción de separación.

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