Dominando los INCOTERMS: Reglas Esenciales para el Comercio Internacional
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Los INCOTERMS son normas para la interpretación de los términos comerciales utilizados en las transacciones internacionales, elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional. Estos regulan:
- La distribución de documentos.
- Las condiciones de entrega de la mercancía.
- La distribución de costos de la operación.
- La distribución de riesgos de la operación.
INCOTERMS para cualquier modo de transporte
EXW (Ex Works)
El exportador pone la mercancía en su propio almacén a disposición del importador. El importador asume los gastos y riesgos del despacho, carga y transporte de la mercancía desde el domicilio del exportador hasta su destino. Todos los gastos son por cuenta del comprador.
FCA (Free Carrier)
El exportador despacha la mercancía para su exportación en la aduana y la pone a cargo del transportista elegido por el importador y en el lugar fijado. El importador, por su parte, deberá realizar las formalidades aduaneras necesarias para la importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por un tercer país.
CPT (Carriage Paid To)
El exportador debe despachar la mercancía en la aduana de su país y abonar los gastos de transporte necesarios para hacer llegar la mercancía hasta el destino convenido. Si se utilizan varios transportistas hasta llegar al destino convenido, el exportador debe abonarlos todos, pero el riesgo se transmite directamente al importador cuando la mercancía ha sido entregada al primer transportista.
CIP (Carriage and Insurance Paid To)
Es igual al CPT, pero además incluye la contratación y pago del seguro del que se hace cargo el vendedor, que cubra la mercancía durante el transporte. Aunque el seguro es contratado por el vendedor, el beneficiario es el comprador.
DAT (Delivered At Terminal)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía es descargada en la terminal convenida. El concepto de terminal incluye terminales terrestres y marítimas, puertos, aeropuertos, zonas francas, etc. Por ello, es importante que se especifique claramente el lugar de entrega de la mercancía y que este lugar coincida con el que se especifique en el contrato de transporte.
DAP (Delivered At Place)
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento.
DDP (Delivered Duty Paid)
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor.
INCOTERMS para transporte marítimo y vías navegables interiores
FOB (Free on Board - Libre a bordo)
Va seguido del puerto de embarque, ej. FOB Algeciras. Significa que la mercancía es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta que la mercancía haya pasado la borda del barco, con el flete excluido. Exige que el vendedor despache la mercancía de exportación. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
FAS (Free Alongside Ship - Libre al costado del buque)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la mercancía se entiende puesta a lo largo (costado) del navío en el puerto convenido, sobre el muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo del vendedor. El comprador debe despachar la mercancía en aduana. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
CFR (Cost & Freight - Costo y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio comprende la mercancía puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercancía en aduana y solamente puede usarse en el caso de transporte por mar o vías navegables interiores.
CIF (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercancía puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor solo está obligado a conseguir un seguro con cobertura mínima.