Dominando los Contratos Laborales: Formación, Prácticas y Fijo Discontinuo

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Asesoramiento en Contratos Laborales para Estudiantes

Un alumno de 2º de Bachillerato, de 18 años, ante la posibilidad de suspender cuatro materias, considera que la solución a sus problemas sería un contrato para la formación y el aprendizaje o un contrato en prácticas. A continuación, se le asesorará sobre las siguientes cuestiones:

Preguntas Frecuentes sobre Contratos de Formación y Prácticas

  1. ¿Cuál de los dos tipos de contratos propuestos se le podría aplicar? Justifique la respuesta.
    Se le aplicaría un contrato para la formación y el aprendizaje, ya que no posee la formación específica (titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior) requerida para optar al contrato en prácticas.

  2. Si el alumno tuviera 28 años, ¿se le podría aplicar este contrato, sabiendo que la tasa de paro es del 26,1 %? Justifique la respuesta.
    Sí, porque al ser la tasa de paro superior al 15 % (según datos de la Encuesta de Población Activa del trimestre anterior), se permite realizar este tipo de contrato a personas de hasta 30 años de edad.

  3. ¿Podría formalizarse un contrato para la formación y el aprendizaje de forma verbal? ¿Y el contrato en prácticas? Justifique la respuesta.
    No, ambos contratos deben formalizarse por escrito. Poseen condiciones específicas (duración, jornada, retribución, plan formativo, etc.) que requieren constancia documental para su validez y para garantizar la seguridad jurídica de ambas partes.

  4. ¿Se podría realizar un contrato para la formación y el aprendizaje por un tiempo de 5 años?
    No, el tiempo máximo permitido para un contrato para la formación y el aprendizaje es de 3 años. La duración mínima es de 3 meses.

  5. ¿Se podría realizar un contrato en prácticas con una duración de 4 años? ¿Qué ocurriría si se demuestra que se hizo en fraude de ley?
    No, la duración máxima de un contrato en prácticas es de 2 años (con un mínimo de 6 meses). Si se demostrara que se realizó en fraude de ley, el contrato se convertiría en indefinido a jornada completa, con todas las consecuencias legales que ello implica para la empresa.

  6. Si al alumno se le asignara un periodo de prueba de 8 meses, ¿se estaría produciendo fraude de ley?
    Sí, porque el periodo de prueba máximo legal para un contrato en prácticas es de 6 meses para titulados universitarios o de FP de grado superior, y de 2 meses para titulados de FP de grado medio. Un periodo de 8 meses excedería claramente estos límites, constituyendo un fraude de ley.

Contrato Fijo Discontinuo: Aspectos Clave

¿Se podría realizar un contrato fijo discontinuo a un camarero que durante los meses de julio y agosto no trabaja? ¿Podría ser verbal?
Sí, este tipo de contrato está diseñado para actividades de naturaleza estacional o vinculadas a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de trabajos que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. La circunstancia de que el camarero no trabaje en julio y agosto, pero sí el resto del año, y que esta situación se repita anualmente, encaja con la definición de un contrato fijo discontinuo. Sin embargo, es crucial destacar que no puede ser verbal; debe formalizarse siempre por escrito, especificando los elementos esenciales de la actividad y la forma de llamamiento.

Términos Relacionados con Contratos Laborales

  • Contrato para la formación y el aprendizaje
  • Contrato en prácticas

Anexo: Conceptos Contables y Fiscales

Esta sección aborda conceptos y ejemplos relacionados con la contabilidad y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Cuentas Contables Relevantes

  • Activo: (472) H.P. IVA Soportado
  • Pasivo: (477) H.P. IVA Repercutido
  • (407) Anticipos a proveedores
  • (608) Devoluciones de compras y operaciones similares
  • (438) Anticipos de clientes
  • (708) Devoluciones de ventas y operaciones similares
  • (609) Rappels por compras

Ejemplos de Asientos Contables

Rappels por Compras

Ejemplo: Los proveedores aplican un descuento por volumen de pedido de 10.000 €.

DEBE                                HABER
12.100 (400) Proveedores a (609) Rappels por compras 10.000
                                (472) H.P. IVA Soportado  2.100

Anticipos a Proveedores

Ejemplo: La empresa anticipa a un proveedor 20.000 € a cuenta de una futura compra. Tipo de IVA: 21 %.

DEBE                                HABER
20.000 (407) Anticipos a proveedores
 4.200 (472) H.P. IVA Soportado a (570) Caja, euros     24.200

Ejemplo: Compra al anterior proveedor por 300.000 €, aplicándose el anticipo efectuado.

DEBE                                HABER
300.000 (600) Compras de mercaderías
 58.800 (472) H.P. IVA Soportado a (407) Anticipos a proveedores 20.000
                                (400) Proveedores         338.800

Anticipos de Clientes

Ejemplo: La empresa recibe de un cliente 40.000 € a cuenta de una futura venta. IVA: 21 %.

DEBE                                HABER
48.400 (570) Caja, euros a (438) Anticipos de clientes   40.000
                                (477) H.P. IVA Repercutido 8.400

Ejemplo: Venta al anterior cliente por 500.000 €, aplicándose el anticipo efectuado.

DEBE                                HABER
40.000 (438) Anticipos de clientes
556.600 (430) Clientes a (700) Ventas de mercaderías    500.000
                                (477) H.P. IVA Repercutido 96.600

Rappels por Ventas

Ejemplo: Descuento por volumen de ventas por valor de 20.000 €.

DEBE                                HABER
20.000 (709) Rappels por ventas
 4.200 (477) H.P. IVA Repercutido a (430) Clientes        24.200

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