Distinción entre Derecho Público y Privado: Evolución Histórica y Criterios Clave
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Distinción entre Derecho Público y Derecho Privado
Evolución Histórica
La distinción entre derecho público y derecho privado ya es apreciable en el derecho romano. Suele considerarse a Ulpiano como el artífice de esta distinción. Algunos analistas consideran que la hizo en base al criterio de la utilidad: así, el derecho público es el que es útil públicamente y el derecho privado el que se refiere a su utilidad privada.
Con el Estado absolutista, el derecho público sirvió para justificar el dominio político frente a las prerrogativas de los señores feudales. El derecho privado quedó como un residuo, limitado a la acción que el derecho público dejaba libre.
En el Estado liberal, el derecho público reguló la acción de un Estado limitado a la estricta determinación del marco de las relaciones individuales y que, al no intervenir los poderes públicos, constituirían el objeto del derecho privado.
La crisis del Estado liberal dará paso al Estado Social, lo que traerá consigo la restricción del derecho privado a favor del derecho público.
Con el Estado del bienestar, la diferencia entre derecho público y privado es confusa. Sin embargo, al considerar la Constitución como norma suprema a la que deben someterse el resto de normas, podemos hablar de cierto predominio del derecho público.
Kelsen considera esta distinción meramente ideológica, pero Gustav Radbruch reivindica para la división entre el derecho público y el derecho privado el carácter de distinción "a priori", en el sentido de que toda norma jurídica puede situarse en uno de esos campos.
Criterios Distintivos
Diversas doctrinas han propuesto una serie de criterios para diferenciar ambos derechos:
- La tesis del interés: El derecho público regula los intereses generales y el derecho privado los intereses particulares.
- La tesis del contenido: El derecho objetivo se divide en derecho público y derecho privado. Esta distinción se realiza en función de los asuntos a tratar. El desafío radica en clasificar estos asuntos.
- La tesis del sujeto interviniente: El derecho público regula las acciones en las que interviene el Estado y el derecho privado en las que no interviene. El problema surge cuando el Estado interviene en situaciones en posición de igualdad con los particulares.
- La tesis de la naturaleza de la relación regulada: Intenta solucionar la anterior. El derecho público regula las relaciones en las que el Estado o sus órganos intervienen de manera suprema con la otra parte de la relación y el derecho privado cuando el Estado no dispone de hegemonía. Sin embargo, esta tesis no considera situaciones en las que dos órganos del Estado participan igualitariamente, pero de manera suprema, con un tercer particular.