Disolución, Separación y Disciplina Sindical: Causas y Procedimientos
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,09 KB
Causas de Disolución y Separación de una Organización Sindical
Artículo 426. Son causas de disolución de las organizaciones sindicales:
- Las consagradas en los estatutos.
- El acuerdo de las dos terceras partes de los afiliados y las afiliadas asistentes a la asamblea, convocada exclusivamente para ese objeto.
- La decisión de la asamblea general de afiliados y afiliadas de incorporarse en otra organización sindical o de fusionarse con otra u otras organizaciones sindicales para crear una nueva organización sindical.
- El funcionamiento con un número menor de miembros de aquel que se requirió para su constitución.
- La carencia de alguno de los requisitos señalados en esta Ley para su constitución.
- En los sindicatos de empresa, la extinción de la entidad de trabajo.
- Inactividad o ausencia de actividad sindical durante más de tres años.
Pérdida de la Condición de Afiliado (miembros)
Artículo 398. La condición de afiliado o afiliada de un sindicato sólo se perderá:
- Por las causas previstas en los estatutos.
- En los sindicatos profesionales o sectoriales, por falta de ejercicio voluntario durante seis meses consecutivos, de la respectiva profesión u oficio o separación de la industria o rama económica respectiva. De esta norma se exceptuarán aquellos miembros que ocupen un cargo en la junta directiva mientras permanezcan en él y hasta por seis meses después de su separación. (Inactividad)
- En los sindicatos de empresa, por culminación de la relación de trabajo al cumplirse 3 meses de ésta.
- Por renuncia a la afiliación de la organización sindical; (Libertad Sindical Negativa: Renuncia) o;
- Por ingresar en otro sindicato con objeto igual o incompatible.
- Los estatutos deben establecer los derechos que correspondan en las instituciones de carácter social al miembro que deje de pertenecer a una organización sindical.
Medidas Disciplinarias
Causas para la aplicación de los procedimientos disciplinarios
Artículo 397. Los afiliados y las afiliadas a una organización sindical podrán ser sometidos a procedimientos disciplinarios por las causas siguientes:
- Malversación o apropiación de los fondos sindicales.
- Negativa a cumplir una decisión tomada por la asamblea dentro de sus atribuciones legítimas, siempre que el interesado o la interesada la haya conocido o debido conocer.
- Divulgación de las deliberaciones y decisiones que la organización sindical haya dispuesto mantener reservadas.
- Conducta contraria a los intereses del colectivo de trabajadores y trabajadoras afiliados o afiliadas a la organización sindical.
Aquel afiliado o afiliada a una organización sindical, que haya incurrido en alguna de las causas antes mencionadas, tendrá el derecho al debido proceso. De la decisión tomada podrá recurrir ante los tribunales del trabajo.