Dimensiones de la Responsabilidad Profesional: Un Marco Integral
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La responsabilidad profesional abarca diversas esferas, cada una con sus propias características y consecuencias legales. A continuación, se detallan las principales dimensiones de esta responsabilidad.
Responsabilidad Civil
Las obligaciones de los profesionales encuadradas en la Ley 20.488 son de medio. Aquellas en las que el deudor se compromete a realizar una conducta diligente, orientada a la obtención de un resultado esperado por el acreedor, pero no asegurado. Es decir, son obligaciones de hacer, ajustadas a las reglas de cada profesión o actividad.
El incumplimiento de una obligación de medios genera una responsabilidad subjetiva; se responde a título de culpa o, en algunos supuestos menos probables, por una actitud dolosa. Ello implica que el damnificado debe probar la culpa o el dolo y, consecuentemente, el profesional debe, para eximirse de responsabilidad, probar que de su parte no los hubo, o que medió una causa ajena.
Ejemplos de Responsabilidad Civil:
- El síndico societario no detecta irregularidades.
- El auditor no guarda secreto profesional.
- El perito no presenta dictamen en forma oportuna.
Responsabilidad Penal
Nace con la conducta ilícita del profesional, ajustada a figuras contenidas en el ordenamiento penal, denominadas delitos, los cuales podemos definir como una acción típica, antijurídica y culpable.
- Acción: Conducta en cuanto a actividad u omisión con las que el autor persigue un objetivo.
- Tipicidad: Es el tipo legal donde se definen hechos que se catalogan como delitos.
- Antijuridicidad: La conducta es contraria a todo el ordenamiento legal.
- Culpabilidad: Es la actitud anímica del actor respecto a la consumación de un hecho penalmente tipificado.
Ejemplos de Responsabilidad Penal:
- Certificación de balances falsos.
- Ocultación mediante engaño de la real situación de un ente.
- Perito que niega o calla la verdad.
- Ser partícipe necesario para producir ardid o engaño que facilita al contribuyente un ilícito.
Responsabilidad Profesional (Ética)
Surge por el desempeño de su ejercicio profesional, para toda persona que asume la obligación de prestar servicios o realizar una obra por encargo o cuenta de otra. La condición profesional, que exige un adiestramiento específico, produce una actitud de confianza ante el cliente que contrata al profesional, lo cual implica un obrar con prudencia y conocimiento de las cosas.
Se rige por la Ley 20.488 y el Código de Ética.
Ejemplos de Responsabilidad Profesional (Ética):
- Acumulación de cargos o funciones (ser socio y auditor a la vez).
- Aconsejar actos incorrectos.
- Incumplir con sus obligaciones.
Responsabilidad Administrativa
Surge de normas procesales (Código de Procedimientos) o reglamentos administrativos.
Ejemplos de Responsabilidad Administrativa:
- Perito no concurre a aceptar cargos.
- Perito no presenta informe.
Responsabilidad Social
Por su ejercicio de contribuir al mejoramiento social, al afianzamiento de la justicia, sin intereses particulares. Incluye la Responsabilidad Ambiental.
Ejemplo de Responsabilidad Social:
- Por la actuación en cargos, representaciones, etc.