Diccionario Jurídico: Conceptos Fundamentales del Derecho
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Conceptos Generales
Hecho jurídico: Suceso que produce efectos jurídicos (naturales: nacimiento, muerte; y humanos: voluntarios, más numerosos).
Acto jurídico: Manifestación de voluntad destinada a producir consecuencias jurídicas (testamento, contrato).
Negocio jurídico: Acto voluntario que tiene por objeto crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones (testamento, matrimonio, contrato).
Derecho subjetivo: Poder conferido a la persona por el ordenamiento jurídico que le permite obrar de una determinada manera.
Derechos reales: El titular tiene un poder directo sobre la cosa.
Adquisición ex lege de un derecho: El derecho se adquiere como consecuencia de un hecho o un acto humano no realizado con tal fin.
Adquisición negocial de un derecho: El derecho se adquiere como consecuencia de un negocio jurídico realizado con tal fin.
Adquisición originaria: Adquisición de derechos de forma directa.
Adquisición derivativa: Adquisición de derechos a través de otra persona.
Relación obligatoria: Vínculo jurídico entre un acreedor y un deudor, donde el primero tiene derecho a exigir al segundo el cumplimiento de una obligación.
Obligaciones naturales: Son aquellas obligaciones que, aunque no son exigibles legalmente, generan un deber moral o ético de cumplimiento. Aunque no pueden ser reclamadas judicialmente, su cumplimiento voluntario puede generar efectos jurídicos, como el derecho de retención por parte del acreedor.
Fuentes de las obligaciones: Hechos o actos jurídicos que originan obligaciones.
Cuasicontratos: Hechos lícitos (acciones o eventos que están permitidos por la ley o que no están prohibidos por la misma) que, por disposición de la ley, generan obligaciones.
Cláusula penal: Estipulación en un contrato que establece una pena en caso de incumplimiento.
Principio de autonomía de la voluntad: Libertad de las partes para establecer el contenido de sus contratos.
Principio de libertad de forma: Libertad de las partes para elegir la forma en que se manifiesta su consentimiento en un contrato.
Vicios de la voluntad: Errores, dolo o violencia que afectan la manifestación de la voluntad en un contrato.
Mutuo disenso: Acuerdo entre las partes para extinguir el contrato.
Rescisión: Anulación de un contrato por incumplimiento u otro motivo legal.
Tipos de Obligaciones y Otros Conceptos
Obligaciones facultativas: Obligaciones en las que el deudor tiene la facultad de liberarse mediante una prestación diferente a la inicialmente pactada.
Prestación: Objeto de la obligación que el deudor debe cumplir en favor del acreedor.
Concentración: Acto a partir del cual el sujeto facultado para ello determina cuál de las prestaciones previstas va a ser actualmente debida.
Especificación: Determinación precisa de la prestación en una obligación.
Anatocismo: Interés de intereses.
Solidaridad activa: Cualquiera de los acreedores puede exigir la totalidad de la deuda a cualquiera de los deudores.
Solidaridad pasiva: Cualquier deudor puede ser demandado por la totalidad de la deuda por parte de cualquiera de los acreedores.
Solidaridad mixta: Existencia de solidaridad tanto activa como pasiva.
Condonación: Acto por el cual el acreedor perdona total o parcialmente la deuda.
Novación: Modificación de la obligación en alguno de sus términos: sujetos, objeto, plazos, etc.
Imputación de pagos: Designación del pago a una obligación específica cuando hay varias pendientes.
Novación modificativa: Se produce cuando la obligación cambia, pero sigue siendo la misma.
Novación extintiva: La modificación supone la extinción de la antigua obligación y el nacimiento de otra nueva.
Pago por tercero: Cumplimiento de una obligación por parte de un tercero.
Dación en pago: Acuerdo entre deudor y acreedor, acuerdan que el obligado pagará con una prestación distinta a la prevista.
Cesión de bienes: El deudor hace una transferencia de bienes para extinguir su deuda.
Consignación: Depósito judicial de la cosa o suma debida para liberar al deudor.
Dolo: Engaño o artificio para inducir a error a otra persona en la celebración de un contrato.
Culpa o negligencia: Incumplimiento de una obligación por falta de diligencia (despreocupación, falta de atención, etc.).
Caso fortuito: Acontecimiento imprevisible e inevitable que exime de responsabilidad en el incumplimiento de una obligación.
Fuerza mayor: Evento externo e imprevisible que impide cumplir una obligación.
Cumplimiento in natura: Cumplimiento de la obligación tal como fue pactada.
Cumplimiento por equivalente: Cumplimiento de la obligación mediante una prestación equivalente.
Obligaciones sinalagmáticas: Obligaciones en las que ambas partes son a la vez deudoras y acreedoras, cuando la prestación de un contratante se quiere por el otro como equivalente a lo que se realiza.
Responsabilidad patrimonial universal: Responsabilidad que alcanza todos los bienes del deudor presentes y futuros para el cumplimiento de una obligación.
Acción subrogatoria o indirecta: Derecho del acreedor de sustituirse en los derechos del deudor para cobrar una deuda.
Acción pauliana o revocatoria: Acción legal para anular actos fraudulentos que perjudican a los acreedores.
Acción directa: Derecho de un acreedor para reclamar directamente al deudor el cumplimiento de la obligación.
Derecho de retención: Derecho del acreedor de retener un bien del deudor hasta que se pague la deuda.