Determinación de Pena por Homicidio Doloso con Legítima Defensa Incompleta y Atenuante Psíquica

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Hechos Probados y Contexto

Afecto a su estado de ánimo o pasional, José Manuel tiene un síndrome de tipo paranoico que, fruto del episodio que acaba de describirse, se acentuó y le ocasionó una leve disminución de su capacidad de control en el momento de los hechos.

La parcela donde vive José Manuel es un recinto cerrado con muros. El día siguiente a estos hechos, 1 de agosto, a las 2 horas de la madrugada, José Manuel se despierta para comprobar el funcionamiento de los riegos. Al salir de las dependencias destinadas a vivienda, advirtió dos hechos que le llamaron la atención: la cortina de tiras de la puerta de la casa tenía un nudo que él no había puesto y habían roto la caja de control del riego instalada en una cochera.

Por esta razón, entra en su casa y de las armas de que dispone (tenía también un rifle), toma una escopeta de caza de dos cañones de ánima lisa, de marca Victor Sarasqueta, que estaba cargada con dos cartuchos metálicos del calibre 12.

José Manuel, portando el arma, sale al exterior y se percata, a una distancia de 15 metros, de la presencia de una persona. Se encuentra justo junto a un cuarto de herramientas y porta en la mano un objeto que resultó ser una motosierra que había sustraído del cuarto. Esta persona se llama Daniel, que tiene antecedentes penales por robo. Daniel había accedido a la finca escalando los muros.

1. Calificación Jurídica Inicial: Homicidio Doloso (Art. 138 CP)

Tipo Objetivo

  • Bien jurídico protegido: La vida humana.
  • Conducta típica: Disparos de escopeta que causan la muerte de una persona.
  • Resultado: Fallecimiento de Daniel.
  • Autoría: Se trata de un delito común. José Manuel es autor directo.

Tipo Subjetivo

Dolo directo de primer grado. José Manuel actúa de forma voluntaria y consciente al efectuar los disparos dirigidos contra Daniel.

Problemas Especiales y Circunstancias Modificativas

Posible Concurrencia de Legítima Defensa (Art. 20.4 CP)

  1. Agresión ilegítima: Daniel accede por la fuerza a la finca ajena durante la noche, portando una motosierra.
  2. Necesidad racional del medio empleado: Se puede entender proporcional el uso del arma dada la diferencia de edad y fuerza.
  3. Falta de provocación suficiente: José Manuel no ha provocado la situación.

Conclusión sobre la Legítima Defensa: Sin embargo, aunque los primeros disparos podrían ser entendidos como una reacción defensiva, el segundo disparo por la espalda y el tercer disparo posterior sin riesgo actual suponen un exceso no amparado por el artículo 20.4 CP, por lo que podría apreciarse una legítima defensa incompleta.

Posible Atenuante por Alteración Psíquica (Art. 21.1 CP)

José Manuel padece un síndrome paranoico que se agrava por la intrusión previa. Aunque no elimina la imputabilidad, sí disminuye su capacidad de control, permitiendo la aplicación de una atenuante simple por alteración psíquica leve.

2. Causas de Justificación y Atenuantes

Legítima Defensa Incompleta (Art. 20.4 en relación con el Art. 21.1 CP)

  • Agresión ilegítima: Entrada violenta de Daniel en propiedad ajena.
  • Necesidad de la defensa: Puede considerarse proporcionada al principio, pero se excede en los disparos posteriores.
  • Falta de provocación: José Manuel no inicia la situación.

Se aprecia una legítima defensa incompleta por exceso en la reacción.

3. Autoría y Participación

José Manuel es autor directo del delito de homicidio doloso. No hay partícipes.

4. Culpabilidad

No concurre ninguna causa de exclusión completa de la culpabilidad.

Se aprecia una atenuante por alteración psíquica leve (Art. 21.1 CP).

5. Determinación de la Pena

Pena base por homicidio doloso (Art. 138 CP): prisión de 10 a 15 años.

Atenuantes Aplicables

  1. Legítima defensa incompleta (Art. 21.1 en relación con Art. 20.4 CP).
  2. Alteración psíquica leve (Art. 21.1 CP).

Al concurrir dos atenuantes simples, cabe la aplicación de la pena en uno o dos grados inferior, conforme al Art. 66 CP.

Pena estimada final: Entre 5 y 7 años de prisión.

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