Despido Disciplinario: Guía para la Correcta Aplicación de Despidos Disciplinarios

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10. ¿Cuándo se declarará judicialmente el despido disciplinario como improcedente?; ¿cuáles son los efectos de dicha declaración?

En el caso de despido improcedente, se dan dos supuestos:

  • Cuando no se hayan observado los requisitos de forma necesarios.
  • Cuando el empresario no haya acreditado el incumplimiento del trabajador invocado en la carta de despido o su gravedad o su culpabilidad.

El empresario tiene 5 días para optar entre:

  • La readmisión del trabajador con abono de los salarios dejados de percibir.
  • El pago de una indemnización cuya cuantía asciende a 33 días de salario por año de servicio (con un máximo de 24 mensualidades).

11. ¿Cuándo se declarará judicialmente el despido disciplinario como nulo?; ¿cuáles son los efectos de dicha declaración?

Seis supuestos:

  • Cuando tuviera por móvil alguna causa de discriminación prohibida por la Constitución o se produjera con vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
  • Cuando el trabajador estuviera disfrutando del periodo de suspensión de su contrato de trabajo por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, adopción, paternidad, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia…
  • Cuando se produzca en los nueve meses siguientes a los casos anteriores.
  • El de las trabajadoras embarazadas desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión por maternidad o riesgo durante el embarazo.
  • Los trabajadores que hayan solicitado o estén disfrutando una excedencia por cuidado de familiares.
  • Trabajadoras víctimas de violencia de género.

Efectos: la readmisión inmediata con abono de salarios dejados de percibir.

14. Cite, al menos, tres causas de despido por causas objetivas.

  • Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.
  • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo.
  • Necesidad objetivamente acreditada de amortizar el puesto de trabajo por causas TOPE.

15. ¿Qué es la ineptitud como causa de despido objetivo? Ponga un ejemplo.

Se refiere a que tiene que ser sobrevenida y no originaria. No podrá el empresario invocar la ineptitud si la conocía en el momento de la contratación, aunque no se hubiese pactado un periodo de prueba.

18. ¿Cuáles son los requisitos formales que debe observar el empresario para proceder a un despido por causas objetivas?; ¿debe pagar el empresario alguna indemnización al trabajador en el momento de despedirle?

Debe comunicar al trabajador de forma escrita expresando la causa, con un plazo de preaviso de 15 días y deberá indemnizar al trabajador: 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.

19. ¿Qué ocurre si el empresario no respeta el plazo de preaviso de quince días que tiene que observar para despedir al trabajador por causas objetivas?

Si el empresario no respeta el plazo de preaviso deberá abonar al trabajador los salarios correspondientes a dicho periodo.

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