Designación de coordinadores y requisitos del Estudio y Plan de Seguridad y Salud en obras

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Designación de los coordinadores en materia de SYS

Cuando intervienen varios proyectistas en el proyecto de una obra, el promotor se encarga de designar un coordinador en materia de SYS durante la elaboración del proyecto de obra. Cuando en la ejecución de una obra intervienen más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos, el promotor debe designar un coordinador en materia de SYS durante la ejecución de la obra. La designación de los coordinadores durante la elaboración del proyecto y la ejecución puede recaer en la misma persona.

Obligatoriedad del ESYS o del EBSYS

El promotor está obligado a que en la fase de redacción se elabore un ESYS si concurren alguna de las siguientes circunstancias:

  • El presupuesto de ejecución por contrata es igual o superior a 75 millones de pesetas.
  • Duración superior a 30 días laborales y en algún momento más de 20 trabajadores a la vez.
  • Volumen de mano de obra superior a 500.
  • Obras de túneles, galerías, conducciones abiertas o presas.

ESYS

El ESYS (Estudio de Seguridad y Salud) es elaborado por el técnico competente designado por el promotor. Si hay un coordinador en materia de SYS durante la elaboración del proyecto, corresponde a éste elaborarlo o hacer que se elabore.

El estudio debe contener, como mínimo, los siguientes apartados:

  • Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que vayan a emplearse o se prevea su uso.
  • Identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados.
  • Medidas preventivas y protecciones.
  • Descripción de los servicios sanitarios.
  • Condiciones del entorno de la obra.
  • Pliego de condiciones particulares.
  • Planos.
  • Presupuesto con el gasto previsto.
  • Mediciones de los elementos de SYS definidos en el proyecto.

EBSYS

El EBSYS también es elaborado por el técnico competente designado por el promotor. Cuando haya un coordinador en materia de SYS durante la elaboración del proyecto, corresponde a éste elaborarlo o hacer que se elabore.

Este estudio debe precisar, entre otros aspectos:

  • Las normas de SYS aplicables en la obra.
  • Identificación de los riesgos laborales que se puedan evitar e indicación de las medidas necesarias para ello.
  • Relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse, indicando las medidas preventivas y protecciones.
  • Previsión de los trabajos posteriores previsibles.

Plan de SYS en el trabajo

El Plan de SYS debe ser aprobado antes de iniciar la obra por el coordinador en materia de SYS durante la ejecución de la obra. Cuando no sea necesaria la designación de un coordinador, las funciones serán asumidas por la dirección facultativa.

El plan de SYS puede ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, la evolución de los trabajos y las posibles incidencias que se puedan dar. El plan de SYS estará en la obra a disposición de la dirección facultativa.

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