Desarrollo y Protección de la Infancia: Un Recorrido Histórico y Jurídico
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La Infancia: Un Espacio Delimitado y Seguro
La infancia es un espacio delimitado y seguro, separado de la edad adulta, en el cual los niños pueden crecer, jugar y desarrollarse. Su delimitación cronológica se divide en:
- Primera infancia: Desde el nacimiento hasta los 3 años. Se caracteriza por avances vertiginosos en el desarrollo motriz, sensorial y cognitivo.
- Etapa preescolar: De 3 a 6 años. Se inicia la escolarización, lo que implica mayor independencia familiar y socialización con iguales.
- Etapa escolar: De 6 años hasta la pubertad. Coincide con la primaria y primeros cursos de secundaria. Los aprendizajes, las normas y la socialización adquieren mayor importancia.
- Adolescencia: Desde la pubertad hasta la edad adulta. Periodo de transición con importantes cambios físicos y sociales.
Atención a la Infancia a lo Largo de la Historia
El Mundo Antiguo
Los primeros documentos sobre atención a la infancia se remontan a la antigua Mesopotamia y abordan la higiene y cuidados. En Grecia y Roma, los menores eran considerados propiedad o inversión para el futuro.
La Época Medieval
El matrimonio era la base de la familia, y los lazos de consanguinidad eran fundamentales. Los hijos eran reconocidos por su parentesco biológico. "El libro de la crianza del niño" abordaba higiene, cuidado y alimentación. La infancia se limitaba a la crianza; la desatención y el abandono eran comunes.
El Renacimiento
Surge un interés específico por la infancia como etapa diferenciada. Proliferan instituciones como los orfanatos y se da mayor relevancia a la educación, basada en la disciplina, la severidad (incluso el maltrato) y la figura central del maestro.
La Ilustración
Jean-Jacques Rousseau defendió el respeto a las emociones y fases madurativas, marcando un hito en la concepción de la infancia. Pestalozzi buscó la integración social de menores con escasos recursos y concibió a los educadores como personas al servicio del alumnado. Froebel introdujo el juego como estrategia pedagógica, considerando el aprendizaje parte del desarrollo natural.
La Industrialización y la Legislación Infantil
La industrialización del siglo XIX explotó a los menores, lo que impulsó leyes protectoras. En España, la Ley Tolosa Latour (1904) protegía a los menores de 10 años y regulaba su actividad laboral.
La Época Dorada de la Pedagogía y la Psicología
Surge la Escuela Nueva, un movimiento pedagógico que proponía una renovación metodológica. Figuras clave fueron Montessori, Decroly y Freinet. En psicología, las aportaciones de Piaget, Vigotski, Wallon y Freud fueron fundamentales.
El Largo Camino Hacia el Reconocimiento de la Infancia
Tras la Primera Guerra Mundial, apareció la Declaración de Ginebra (1924). Después de la Segunda Guerra Mundial, se redactó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y, en 1959, la Declaración Universal de los Derechos del Niño. Finalmente, en 1989, se promulgó la Convención sobre los Derechos del Niño.
Marco Internacional de los Derechos y la Atención a la Infancia
Organismos Internacionales de Atención a la Infancia
- Organismos oficiales gubernamentales (públicos): En 1945 se creó la Organización de las Naciones Unidas (ONU). UNICEF destaca en la protección y defensa de los derechos de la infancia.
- Organismos no gubernamentales (privados): Las ONG son entidades privadas sin ánimo de lucro. Denuncian violaciones de derechos, presionan por cambios y sensibilizan a la población. Se financian con subvenciones y donaciones.
UNICEF: Agencia de la ONU creada en 1946 para garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia y contribuir a su bienestar.
El Camino Hacia los Derechos de la Infancia
- Declaración de Ginebra (1924): Primera conceptualización de la niñez como colectivo que requiere protección especial.
- Declaración de los Derechos del Niño (1959): Exige protección y derechos para los niños, instando a los gobiernos a reconocerlos e incorporarlos a su normativa.
- Convención sobre los Derechos del Niño (1989): Aprobada por 193 países, con 54 artículos basados en 4 principios: no discriminación, interés superior del niño, derecho a la vida, supervivencia y desarrollo, y participación. Busca mejorar las condiciones de los niños en el mundo.
- Protocolos facultativos: Sobre la participación de niños en conflictos armados, venta de menores, prostitución infantil y pornografía.
- Procedimiento de comunicaciones.
Declaración: Documento con disposiciones, sin compromiso vinculante para los países.
Convención: Acuerdo vinculante entre Estados, con fuerza jurídica y cumplimiento obligatorio.
Derechos de la Infancia en la UE
- Carta Europea de los Derechos del Niño (1992): Concreta los problemas de los menores derivados de la integración europea.
- Carta de los Derechos Fundamentales: El artículo 24 expone principios generales de la Convención.
- Estrategia sobre los Derechos de la Infancia: Comunicación de la Comisión Europea (2006) para promover y proteger los derechos de la infancia. Actualmente, está en vigor la estrategia 2021-2024.
Garantía Infantil Europea: Busca contrarrestar la desigualdad y fomentar la igualdad de oportunidades, garantizando el acceso a servicios clave para niños necesitados: educación, cuidado, alimentación y asistencia sanitaria.
Marco Jurídico de la Atención a la Infancia: Normativa Estatal
La Constitución Española (1978) establece el marco normativo. Artículos 27 y 39. De ella emanan la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.
Ley de Protección Jurídica del Menor
Prioriza el interés superior del menor, las medidas educativas, la colaboración familiar, los derechos del menor y la adecuación a la normativa internacional. Establece dos situaciones de intervención:
- Situaciones de riesgo: Perjudican el desarrollo, pero no justifican la separación familiar.
- Situaciones de desamparo: Incumplimiento de los deberes de protección, justificando la separación familiar.
Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (2021)
Garantiza los derechos a la integridad física, psíquica y moral. Considera violencia:
- Maltrato físico, psicológico o emocional.
- Castigos físicos, humillantes o denigrantes.
- Descuido o trato negligente.
- Explotación.
- Acoso (escolar, sexual o ciberacoso).
- Violencia de género.
- Mutilación genital, trata, matrimonio forzado o infantil.
Responsabilidad Penal del Menor
El Código Penal establece la mayoría de edad penal a los 18 años. La Ley Orgánica 5/2000 regula la responsabilidad penal de los menores, combinando un procedimiento sancionador-educativo. Fija el límite de 14 años para exigir responsabilidad sancionadora.
Normativa Autonómica
Concreta y completa las medidas estatales de protección a la infancia.
Figuras Jurídicas en la Protección del Menor
- Patria potestad: Derechos y deberes de los padres sobre sus hijos menores. Incluye la guarda, cuidado, protección y asistencia.
- Tutela, curatela y defensor judicial: Protección legal de menores no sujetos a patria potestad.
- Tutela: Poder sobre la persona y bienes del menor, bajo control judicial. Sustituye a la patria potestad.
- Curatela: Intervención del curador en actos donde el menor no puede intervenir por sí mismo.
- Defensor judicial: Defiende los intereses del menor.
- Acogimiento: Separación transitoria del menor del núcleo familiar, otorgando la guarda a otra persona, familia o institución (familiar o residencial).
- Adopción: Creación de una filiación por decisión judicial.
- Emancipación: Extinción de la patria potestad o tutela, permitiendo al menor regirse como mayor de edad.
Sistema Educativo
Organización de la enseñanza. El alumnado con necesidades específicas recibe apoyo de los servicios de orientación educativa. Cada comunidad autónoma configura su estructura en dos niveles: departamentos de atención psicopedagógica y equipos de orientación educativa y psicopedagógica externos.
Sistema de Salud
Conjunto de recursos sanitarios. Se caracteriza por la universalidad, descentralización y accesibilidad. Se estructura en áreas de salud (gestión de servicios sanitarios) y zonas básicas de salud (atención primaria en centros de salud). La vía ordinaria de acceso es la atención primaria, derivando a la especializada o a urgencias en casos necesarios.
Sistema de Servicios Sociales
- Cartera de servicios sociales: Documento con las prestaciones disponibles.
- Servicios sociales generales: Primer nivel de atención, abierto a la ciudadanía. Ofrecen información y orientación.
- Servicios sociales especializados: Dirigidos a colectivos que requieren atención específica.
Planes y Programas de Atención a la Infancia
Complementan la normativa, aplicando los derechos recogidos en la Convención, la Carta Europea y otras instancias internacionales. Son impulsados por las administraciones estatales, autonómicas o locales.
La Familia: Caracterización y Evolución
Concepto de Familia
Tradicionalmente, la familia se define como el conjunto de miembros de un hogar, emparentados por consanguinidad, adopción o matrimonio. La Constitución de 1978 contempla múltiples formas de convivencia estable.
Regulación de las Relaciones de Parentesco
- Parentesco: Vínculo entre personas de la misma familia. Jurídicamente, la familia es una unidad social unida por parentesco.
- Consanguinidad: Personas con al menos un ascendiente común.
- Afinidad: Relaciones generadas por unión matrimonial o legalmente reconocida.
- Adopción: Vínculo legal.
Matrimonio
El Código Civil reconoce el matrimonio como un derecho para hombres y mujeres, con los mismos requisitos y efectos para parejas del mismo o diferente sexo. Requiere el consentimiento de los contrayentes y una fórmula jurídica que lo valide.
Línea Sucesoria y Grados de Parentesco
- Línea directa: Personas que ascienden o descienden directamente (padres, hijos, nietos...).
- Línea colateral: Personas que descienden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos...).
Familia desde una Perspectiva Antropológica
- Filiación: Determina las relaciones ascendentes, descendentes y colaterales, por consanguinidad o adopción. Adscribe a un individuo a un grupo desde su nacimiento o adopción.
- Unión: De dos personas mediante matrimonio o convivencia.
- Disolución: Separación y divorcio.
Familia desde una Óptica Sociológica
La familia es la unidad básica del funcionamiento social. Su configuración debe modificarse en sintonía con la evolución de la sociedad.
Transformaciones que Condicionan el Modelo Familiar
- Acceso de la mujer al mundo laboral.
- Reconocimiento de los derechos de las mujeres.
- Cambio en los roles familiares, más equitativos.
- Aumento de segundos matrimonios y uniones de hecho.
- Reconocimiento de la protección de los menores.
- Reconocimiento de las libertades sexuales y derechos LGTBI.
- Nuevas técnicas de reproducción asistida.
Modelos Familiares
- Nuclear: Pareja e hijos. Incluye uninuclear (sin hijos), numerosa (3 o más hijos), con hijo único y con dos hijos.
- Agregada: Pareja que convive sin matrimonio.
- Monoparental: Una persona adulta con hijos no emancipados.
- Pareja sin hijos: Hijos emancipados o sin descendencia.
- Educadora o acogedora: Acogida familiar de un menor en desamparo.
- Reconstruida: Uno o ambos miembros tienen hijos de relaciones anteriores.
- Homosexual: Relación estable entre dos personas del mismo sexo.
- LGTBI: Al menos un miembro es LGTBI.
- Monofilial: Hijos adultos que conviven con los padres.
- Extensa: Parientes de varias generaciones o grados más extensos que conviven.
Genograma: Representación gráfica de las relaciones familiares y sucesos importantes.
Ciclo de Vida Familiar (Familia Nuclear)
- Etapa de constitución o prefilial:
- Educación de la pareja y noviazgo.
Organismos y Normativa
Marco Nacional
- Públicos: ONU, UNICEF, UNESCO, OMEP, ECOSOC, OMS.
- Documentos: Declaración de Ginebra (1924), Declaración Universal de los Derechos del Niño (1989), Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
- Privados: ONG, Save the Children, Amnistía Internacional, Cruz Roja.
Unión Europea
- Carta Europea de los Derechos del Niño (1992).
- Comisión Europea (1995).
- Garantía de la UE contra la Lucha de la Pobreza (2020).
- Públicos: Parlamento, Constitución.
- Privados: Organismos Europeos, Eurochild.
España (Estatal)
- Constitución Española (1978).
- Ley Orgánica de Protección a la Infancia (1996, modificada en 2015).
- LOPIVI (2021).
- Públicos: Ministerios.
- Privados: Fundación ANAR.
Comunidad de Madrid (Autonómica)
- Ley de Garantías de la Infancia y la Adolescencia (1995, modificada en 2023).
- Públicos: CTM, Artículo 39, Subsecretarías, Consejerías.
- Privados: ADAM, CAMP.
Ayuntamiento (Municipal)
- Servicios Sociales: CAF, CAI, CPIA (Comisión de Protección a la Infancia y Adolescencia), CAEF (Centro de Apoyo de Encuentro Familiar).
- Públicos: Asociaciones, OPD, Concejalías.
- Privada: Pato Amarillo.
Artículos y Frases Clave
Artículos:
- "Alejandra tiene dos mamás": Aborda la diversidad familiar, la comunicación y la dinámica en clase.
- "Tener una familia": Importancia del vínculo familiar, con función normativa, socializadora y orientadora.
Frases:
- Curatela/defensor judicial/protección/menores: La curatela y el defensor judicial son figuras de protección judicial de menores.
- Edad/infancia/dependencia/protección: La infancia llega hasta los 18 años, con dependencia y necesidad de protección.
- Declaración de Ginebra/Declaración de los derechos de la infancia/Convención de los derechos de la infancia/vinculante: La Declaración de Ginebra y la Declaración de los derechos de la infancia son internacionales y no vinculantes, mientras que la Convención sí lo es.
- Competencias/leyes/ayuntamiento/comunidades autónomas: Diferentes competencias en protección de menores según el ámbito geográfico.
- CAF/CAI/protección de menores/prevención: El CAF se encarga de la prevención, y el CAI de la protección.
- Relación de consanguinidad/relación de adopción/código civil: El Código Civil regula las relaciones de parentesco por consanguinidad y adopción.
- Edad/infancia/dependencia/vulnerabilidad: La infancia se caracteriza por la corta edad, la dependencia y la vulnerabilidad.
- Miembros/emparentados/adopción/OMS: La OMS define la familia por parentesco o adopción.