Derechos Sindicales del Trabajador y Autonomía Sindical
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Derechos Sindicales del Trabajador
Derecho a la actividad sindical
El derecho a la actividad sindical individual queda reconocido tanto a trabajadores afiliados como no afiliados a un sindicato. Esto incluye el derecho a la participación en actividades sindicales con proyección exterior y la posibilidad de que el afiliado siga las instrucciones del sindicato para la acción sindical sin que esto suponga represalias empresariales posteriores.
Derechos específicos del trabajador afiliado
El artículo 8 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) reconoce a los trabajadores afiliados a un sindicato los siguientes derechos:
- Derecho de reunión de sindicatos: en el ámbito de la empresa o centro de trabajo. Deberán avisar al empresario con antelación y fuera del horario laboral.
- Recaudación de cuotas sindicales: podrán recaudar las cuotas fuera del horario laboral y sin perturbar la actividad normal de la empresa.
- Distribución de información sindical: mismos requisitos que para la recaudación de cuotas.
- Recepción de la información remitida por el sindicato: obligación empresarial de entregarla al trabajador sin abrirla.
Autonomía Sindical
La autonomía sindical se basa en tres pilares fundamentales:
Libertad de reglamentación
Derecho de los sindicatos a elaborar sus estatutos y reglamentos. El estatuto establece las líneas generales de organización y funcionamiento del sindicato.
Libertad de representación
Derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes.
Libertad de gestión
Las organizaciones sindicales tienen derecho a organizar su administración interna y sus actividades, así como a formular su programa de acción. También tienen derecho al ejercicio de la actividad sindical tanto dentro como fuera de la empresa.
Gestión interna
- Injerencias empresariales: la libertad de gestión del sindicato implica independencia respecto al Estado, empresarios y otras organizaciones.
- Injerencias de la Administración: el sindicato puede recibir ayudas o subvenciones públicas manteniendo su independencia financiera.
- Injerencia estatal y figura del sindicato más representativo: el Estado no se entromete en la libertad de gestión de los sindicatos y admite la figura del sindicato más representativo.
Gestión externa
Se refiere a la existencia de mecanismos por los que los sindicatos pueden llevar a cabo sus objetivos. Se desarrollan a través de:
- Derecho a la negociación colectiva.
- Derecho al ejercicio del derecho de huelga.
- Derecho al planteamiento de conflictos colectivos.
- Derecho al planteamiento de conflictos individuales.
- Derecho a la presentación de candidaturas para la elección de comités de empresa y delegados de personal.