Derechos Sexuales y Reproductivos: Evolución, Normativas y Factores Clave

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Principios Fundamentales en la Bioética

  • Autonomía: Derecho del paciente a decidir sobre su propio cuerpo y, en general, sobre sí mismo, disponiendo de información adecuada e independientemente de toda coacción. Se hace referencia a este derecho del paciente con el nombre de “consentimiento informado”. Libertad personal, que se respete su voluntad.
  • Justicia: Dar a cada uno lo que le corresponde, teniendo en cuenta la equidad; esto es, considerando los aportes de cada cual al bien común, pero cuidando especialmente que se satisfagan por lo menos las necesidades mínimas de los más postergados.

Etapas del Desarrollo Psicosexual según Freud

  • Oral (1-18 meses): Boca, labios y lengua (chupar, morder y vocalizar). Optimismo, pesimismo, impaciencia, agresividad y envidia.
  • Anal (18 meses-3 años y medio): Ano (retención, expulsión, control, disciplina higiénica y limpieza). Retentivo anal (avaricia, obstinación, orden, compulsivo y meticulosidad). Expulsivo anal (crueldad, destrucción y desorden).
  • Fálica (3-5 años): Complejo de Edipo. Órganos genitales (curiosidad por el propio cuerpo y el de los demás). Relación con los otros, afirmación, amor propio, carácter gregario, castidad.
  • Latencia (6-12 años): Sensitivo motor (las del conocimiento, habilidad, construcción, acciones recíprocas con el grupo de amigos de la misma edad). Diferenciación (elaboración de rasgos de etapas anteriores, aprendizaje social, desarrollo de la conciencia).
  • Genital (pubertad): Contactos heterosexuales, productividad. Mezcla de rasgos de la etapa anterior (capacidad más plena para el amor y el trabajo).

Reconocimiento Legal de las Relaciones Homosexuales

  • Matrimonio homosexual en el mundo (15 países): Argentina, Bélgica, Canadá, Dinamarca, España, Francia, Holanda, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Sudáfrica, Suecia, Uruguay y Brasil.
  • Uniones civiles (18 países): Alemania, Andorra, Australia, Austria, Reino Unido, EE. UU., Colombia, Croacia, Ecuador, Eslovenia, Finlandia, México, Hungría, Irlanda, Israel, Luxemburgo, Suiza y República Checa.

Derechos Sexuales y Reproductivos: Un Listado

  • Decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.
  • Conocer el propio cuerpo y al autoerotismo.
  • Ejercer y disfrutar plenamente mis afectos.
  • Decidir con quién compartir mi vida y sexualidad.
  • Respeto de mi intimidad y de mi vida privada.
  • Vivir libre de violencia sexual.
  • Libertad reproductiva.
  • Igualdad de oportunidades y a la equidad.
  • Vivir libre de toda discriminación.
  • Información completa, científica y laica sobre la sexualidad.
  • Educación sexual.
  • Confidencialidad en la atención en los servicios de salud y a la salud sexual y reproductiva.
  • Participación en las políticas públicas sobre sexualidad.

Cronología de la Anticoncepción de Emergencia en Chile

  • 1995: La OMS recomienda incorporar los métodos anticonceptivos de emergencia en los programas de salud públicos y considera que el Levonorgestrel no es abortivo.
  • 2001: El ISP aprueba el Postinal para su comercialización en farmacias. La Corte Suprema falla como ilegal dicha aprobación, argumentando que “el efecto del medicamento era un aborto, prohibido y penalizado por esas normas”.
  • 2003: Ante este impedimento, el Gobierno responde a través del registro del Postinor 2, compuesto de similares características al anterior.
  • 2004: Se aprueba el "Reglamento del Formulario Nacional de Medicamentos", obligando a que “los medicamentos que integran la nómina del Formulario deben estar disponibles en el país para toda la población que lo requiera”. El MINSAL dispone que el fármaco se distribuyera gratuitamente en consultorios públicos, exclusivamente para casos de violaciones. Marta Elhers y Manuel José Ossandon se oponen, argumentando que es abortivo.
  • 2005: La Corte Suprema decidió, en fallo unánime, que el ISP no había incurrido en ilegalidad registrando este segundo producto, por lo que se dictamina “su permiso” para la utilización y distribución de la píldora del día después en Chile.
  • 2006: Se publican las “Normas Nacionales sobre regulación de la Fertilidad”, que autorizaba a consultorios y hospitales a entregar la píldora gratuita no sólo a mujeres violadas, sino a toda mujer mayor de 14 años que la requiriera sin necesidad de consulta (S/C). Michelle Bachelet firma el Decreto 194, que aprueba el Formulario Nacional de Medicamentos e incluye el levonorgestrel “Hormonas y Otros Medicamentos Endocrinos y Anticonceptivos”. Carolina Plaza y Pablo Zalaquett, decidieron interponer recursos de protección para impedir que la PDD fuera entregada por el Estado.
  • 2007: Las farmacias Salcobrand, Ahumada y Cruz Verde fueron multadas por no dispensar la píldora.
  • 2010: Ley N° 20.418 establece que toda persona tiene derecho a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial.
  • 2011: Decreto N° 49 del MINSAL: si el método de anticoncepción de emergencia es solicitado por una persona menor de 14 años con consulta (C/C).

Factores a Evaluar en el Contexto de la Salud Sexual y Reproductiva

  • Desempeño académico.
  • Desarrollo cognitivo y social.
  • Salud psicológica.
  • Actividad sexual temprana.
  • Abuso de sustancias ilícitas.

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