Derechos Reales y Obligaciones en el Derecho Romano: Conceptos Clave
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Derechos Reales en el Derecho Romano
19. ¿Cuáles son las formas típicas de derechos reales?
R= Derechos reales de goce y derechos reales de garantía.
20. ¿Qué es el pignus (prenda)?
R= Es un derecho real que otorga a su titular, el acreedor prendario o pignoraticio, la facultad de retener una cosa que se le ha entregado en garantía de pago de una deuda.
21. ¿Qué es la fiducia?
R= Es un contrato de buena fe, en cuya virtud una persona, fiduciante, se obliga a transmitir a otra persona, fiduciaria, la propiedad de una cosa mancipable a través de la in iure cessio o de la mancipatio.
22. ¿Qué es la hipoteca?
R= Una garantía real; solo en caso de incumplimiento se podrá pedir los bienes que garantizan el pago del deudor.
23. ¿Cuáles son las fuentes de la hipoteca?
R= Contrato, testamento, decisión judicial y por la ley en forma directa.
24. ¿Cómo se extingue la hipoteca?
R= Extinción de la deuda garantizada, pérdida de la cosa, renuncia, confusión y prescripción.
25. ¿Qué es la propiedad?
R= Guillermo Floris Margadant: “La propiedad es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que este pueda proporcionar”.
Obligaciones en el Derecho Romano
1. Concepto de obligaciones
R= Es un vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta.
2. Elementos de las obligaciones
R= Sujeto y objeto.
3. Clasificación de las obligaciones
R= Obligaciones ambulatorias, obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata, obligaciones correales o solidarias.
4. Atendiendo al Objeto, Sujeto, Eficacia Procesal y al Derecho del cual provienen
R=
- Atendiendo al objeto: Obligaciones divisibles e indivisibles, obligaciones genéricas y específicas, obligaciones alternativas y facultativas.
- Atendiendo al sujeto: Obligaciones ambulatorias, obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorratas, obligaciones correales o solidarias.
- Atendiendo a la Eficacia procesal: Obligaciones civiles y obligaciones naturales.
- Atendiendo al derecho del cual proviene: Obligaciones civiles y obligaciones honorarias.
5. ¿Cuáles son las principales fuentes de las obligaciones?
R= Contrato, Delito, Cuasicontrato y Cuasidelito.
6. Ejecución de las obligaciones
R= Mora (mora debitoris y mora creditoris), Dolo, Culpa, Caso fortuito o fuerza mayor.
7. ¿Cuáles son las formas de trasmisión de las Obligaciones que operan ipso iure?
R= Pago, Novación, Confusión, Pérdida de la cosa debida, Mutuo disentimiento, Concurso de causas lucrativas y Muerte o Capitis deminutio del deudor.
8. ¿Cuáles son las formas de extinción de las Obligaciones que operan ope exceptionis?
R= Compensación y Pacto de non petendo.
10. ¿Cuáles son los pactos y tipos de pactos?
R= Los pactos, contrato sin solemnidades, acuerdo de voluntad que se hace sin voluntades. Pacto nudo: no están protegidos por una acción procesal. Pactos vestidos: acción procesal para usar en contra de ellos.