Derechos Reales y Obligaciones en el Derecho Romano: Conceptos Clave

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Derechos Reales en el Derecho Romano

19. ¿Cuáles son las formas típicas de derechos reales?

R= Derechos reales de goce y derechos reales de garantía.

20. ¿Qué es el pignus (prenda)?

R= Es un derecho real que otorga a su titular, el acreedor prendario o pignoraticio, la facultad de retener una cosa que se le ha entregado en garantía de pago de una deuda.

21. ¿Qué es la fiducia?

R= Es un contrato de buena fe, en cuya virtud una persona, fiduciante, se obliga a transmitir a otra persona, fiduciaria, la propiedad de una cosa mancipable a través de la in iure cessio o de la mancipatio.

22. ¿Qué es la hipoteca?

R= Una garantía real; solo en caso de incumplimiento se podrá pedir los bienes que garantizan el pago del deudor.

23. ¿Cuáles son las fuentes de la hipoteca?

R= Contrato, testamento, decisión judicial y por la ley en forma directa.

24. ¿Cómo se extingue la hipoteca?

R= Extinción de la deuda garantizada, pérdida de la cosa, renuncia, confusión y prescripción.

25. ¿Qué es la propiedad?

R= Guillermo Floris Margadant: “La propiedad es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que este pueda proporcionar”.

Obligaciones en el Derecho Romano

1. Concepto de obligaciones

R= Es un vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta.

2. Elementos de las obligaciones

R= Sujeto y objeto.

3. Clasificación de las obligaciones

R= Obligaciones ambulatorias, obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata, obligaciones correales o solidarias.

4. Atendiendo al Objeto, Sujeto, Eficacia Procesal y al Derecho del cual provienen

R=

  • Atendiendo al objeto: Obligaciones divisibles e indivisibles, obligaciones genéricas y específicas, obligaciones alternativas y facultativas.
  • Atendiendo al sujeto: Obligaciones ambulatorias, obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorratas, obligaciones correales o solidarias.
  • Atendiendo a la Eficacia procesal: Obligaciones civiles y obligaciones naturales.
  • Atendiendo al derecho del cual proviene: Obligaciones civiles y obligaciones honorarias.

5. ¿Cuáles son las principales fuentes de las obligaciones?

R= Contrato, Delito, Cuasicontrato y Cuasidelito.

6. Ejecución de las obligaciones

R= Mora (mora debitoris y mora creditoris), Dolo, Culpa, Caso fortuito o fuerza mayor.

7. ¿Cuáles son las formas de trasmisión de las Obligaciones que operan ipso iure?

R= Pago, Novación, Confusión, Pérdida de la cosa debida, Mutuo disentimiento, Concurso de causas lucrativas y Muerte o Capitis deminutio del deudor.

8. ¿Cuáles son las formas de extinción de las Obligaciones que operan ope exceptionis?

R= Compensación y Pacto de non petendo.

10. ¿Cuáles son los pactos y tipos de pactos?

R= Los pactos, contrato sin solemnidades, acuerdo de voluntad que se hace sin voluntades. Pacto nudo: no están protegidos por una acción procesal. Pactos vestidos: acción procesal para usar en contra de ellos.

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