Derechos Reales y Modos de Adquisición del Dominio: Un Resumen Jurídico

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Derechos Reales y Modos de Adquisición del Dominio

Títulos Traslaticios

Los títulos traslaticios son aquellos que permiten la transferencia del dominio de un bien. Se dividen en:

  1. Título Gratuito (Donación): Se adquiere el dominio de una cosa sin que el receptor realice una contraprestación económica. Se efectúa mediante un acto entre vivos.
  2. Título Oneroso: Es un contrato donde ambas partes obtienen un beneficio mutuo.

Derechos Reales

Un derecho real es la relación jurídica entre una persona y una cosa. Los principales derechos reales son:

  1. Dominio: Es un derecho universal y absoluto que permite usar, gozar y disponer de un bien.
  2. Herencia: Es el conjunto del patrimonio de una persona, considerado como una universalidad jurídica.
  3. Sucesión: La transmisión del patrimonio por causa de muerte. Puede ser testada (con testamento) o intestada (sin testamento). Los legitimados para iniciar el proceso sucesorio son: herederos, cónyuges, socios y acreedores.
  4. Usufructo: Derecho a usar y gozar de un bien ajeno, entregado en especie o género.
  5. Uso o Habitación: Derecho a disfrutar de los frutos limitados de un bien y a habitar en él.
  6. Servidumbres: Gravamen impuesto sobre un predio en beneficio de otro. Pueden ser legales (impuestas por la ley, como acueducto o gas) o convencionales (establecidas por acuerdo entre las partes).

Garantías Reales

Prenda

Es una garantía accesoria que asegura el cumplimiento de una obligación principal. Existen dos clases:

  1. Prenda Civil: Se asegura una deuda con un bien mueble, perdiendo el deudor el uso y goce del mismo.
  2. Prenda Comercial: Se asegura una deuda con un bien mueble, sin que el deudor pierda el uso, goce y disfrute del mismo.

Hipoteca

Es una garantía que recae sobre bienes inmuebles, con excepción de naves y aeronaves. Debe constituirse mediante escritura pública.

Intereses

Son una compensación por el uso del dinero. Se clasifican en:

  1. Interés Legal: Fijado en 6% anual o 0.5% mensual.
  2. Interés Convencional: Fijado por la Superintendencia.
  3. Interés Moratorio: Se paga por el retraso en el cumplimiento de una obligación y equivale a la mitad del interés normal.

Prescripción

La prescripción puede ser:

  1. Adquisitiva de Dominio:
    • Ordinaria (art. 2529).
    • Extraordinaria (art. 2532).
  2. Extintiva: Pérdida de un derecho por el transcurso del tiempo.

Derecho Subjetivo

Son las facultades que tienen las personas para satisfacer sus necesidades, y el derecho correlativo de los obligados a respetarlo, según lo establecido por el derecho objetivo.

Limitaciones al Dominio

Se presentan cuando se ocupa un predio, se establece una servidumbre administrativa, se expropia o se establecen limitaciones por los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) de los municipios, que crean zonas residenciales, comerciales e industriales.

Relaciones de Vecindad

Si una persona va a ejecutar una obra, debe avisar a sus vecinos colindantes para que estos puedan ejercer sus derechos sobre la nueva obra.

Clasificación de Bienes

Los bienes se clasifican en:

  • Privados: Pertenecen a personas naturales y jurídicas (derecho público y privado).
  • Públicos: Pertenecen a todos los colombianos, no pueden ser objeto de embargos, prescripciones y son inalienables.
  • Fiscales: Pertenecen a la nación, pero son disfrutados por los funcionarios públicos.

Bienes Vacantes y Mostrencos

  • Bienes Vacantes: Bienes inmuebles abandonados o sin dueño aparente o conocido.
  • Bienes Mostrencos: Bienes muebles sin dueño conocido.

Accesión

Es el derecho por el cual el propietario de un bien se hace dueño de lo que este produce o se le incorpora. Los frutos pueden ser:

  • Naturales: Los que provienen de la naturaleza.
  • Civiles: Precios, pensiones (dinero).

Afectación Familiar (AF)

Cuando se compra un bien único, este no puede ser embargado. Requiere la firma de ambos cónyuges.

Patrimonio Familiar (PF)

Es inembargable.

Embargo

Es la acción de sacar los bienes del comercio.

Modos de Adquirir el Dominio

Los modos de adquirir el dominio son: Prescripción, Accesión, Tradición, Ocupación, Sucesión (testada o intestada), Creación de obra nueva, Adjudicación y Sentencia.

Ocupación

Es la forma de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie.

Requisitos de la Ocupación

  1. Que la cosa carezca de dueño.
  2. Aprensión material de la cosa.
  3. Que la ocupación esté permitida por la ley.

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