Derechos Reales en el Derecho Romano: Conceptos y Clasificación
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Derechos Reales: Conceptos Fundamentales
Los derechos reales son aquellos que se tienen sobre una cosa sin sujeción a una persona determinada y están señalados por la Ley.
Cosa y Bien
- Cosa: Todo lo que existe, material e inmaterialmente, incluso los esclavos, exceptuando las personas.
- Bien: Jurídicamente, es una cosa que forma parte de mi patrimonio y que presta utilidad.
Clasificación de los Derechos Reales
Derechos Reales en Cosa Propia
- El dominio o la propiedad.
Derechos Reales en Cosa Ajena
- Servidumbre
- Usufructo
- Superficie
- Uso
- Habitación
- Enfiteusis
- Herencia
Derechos Reales de Garantía
- Fiducia
- Prenda
- Hipoteca
Características de los Derechos Reales
- Están protegidos por acciones reales, aquellas que se ejercen sobre la cosa, y los personales por acciones in persona que sólo se ejercen sobre el deudor.
- Están señalados en la Ley.
- Son sólo 10 Derechos Reales.
Derechos Reales en Cosa Propia: El Dominio o Propiedad
¿Qué es el Dominio?
Es el derecho que recae sobre una cosa determinada y que permite al titular usar, gozar y disponer ilimitadamente, siempre y cuando no vaya en contra de la ley o sobre derecho ajeno, la ley y las buenas costumbres. Está protegido por la acción reivindicatoria.
Clasificación del Dominio
- Propiedad Quiritaria: Para adquirirla se requería ser ciudadano romano y, además, utilizar los modos de adquirir el dominio contemplados en el derecho civil. Estaba protegida por la acción reivindicatoria.
- Propiedad Pretoria o Bonitoria: Es aquella que se adquiría cuando no se usaban los modos de adquirir el dominio que correspondía según el derecho. Está protegida por la acción pretoria.
- Propiedad Peregrina: Derecho usado por los extranjeros, correspondía al derecho de gente.
- Propiedad Provincial: Bienes conquistados por Roma y que pertenecen a su fisco, pero que a través de un pago a concesión se la venden a particulares.
La Posesión: Un Hecho, No un Derecho
¿Qué es la Posesión?
Es la tenencia efectiva de una cosa determinada con el ánimo de señor y dueño.
Clasificación de la Posesión
- Material: Tenencia efectiva de la cosa.
- Inmaterial: Ánimo de señor y dueño.
- Posesión Natural o Mera Tenencia: Es la mera tenencia de una cosa sin el ánimo de señor y dueño.
Ejemplo: Arriendo de una casa. La persona que arrienda la casa está reconociendo que otro es el dueño al realizar periódicamente el pago de un arriendo.
Requisitos para la Posesión
- Corpus: Tenencia física de la cosa.
- Ánimo: Intención de actuar como dueño.
Derechos del Poseedor
- Usar.
- Gozar.
- Disponer.
La Posesión se Pierde por
- Pérdida del corpus (cuando se arrebata).
- Pérdida del ánimo (cuando se reconoce que es de otro).
- Pérdida del corpus y el ánimo (cuando se abandona).
Características del Dominio
- Es un derecho real porque recae sobre cosas.
- Es absoluto ya que otorga los máximos derechos que se puede tener sobre la cosa, ya sea usar, gozar y disponer.
- Es exclusivo, ya que solo puede haber un dueño a la vez.
- Excepción: Puede existir la copropiedad, en donde hay varios dueños, pero se genera un común acuerdo para llevar a cabo una decisión sobre el bien.
- Es perpetuo puesto que no termina con la muerte, ya que al fallecer el causante tiene sucesores.
- Está protegido por la Acción Reivindicatoria.
- Sólo se adquiere por los modos de adquirir.