Derechos reales sobre cosa ajena

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DERECHOS REALES SOBRE COSA AJENA:

1. Concepto: derechos reales que se ejercitan sobre una cosa cuya propiedad pertenece a otra persona. Constituyen un gravamen que la cosa lleva consigo.

Características:

  1. El titular actúa directamente sobre la cosa.
  2. Protegidos por acciones reales erga omnes.

SERVIDUMBRES: El derecho de servidumbre es un derecho real sobre cosa ajena que consiste en el poder de impedir ciertos actos al dueño de ésta o en la facultad de utilizarla de cierta forma.

SERVIDUMBRES PREDIALES:

Aquel derecho cuyo titular recibe un beneficio para su fundo de otro vecino al suyo, el cual se presta una utilidad determinada.

Están implicados 2 fundos:

  • DOMINANTE que es el que tiene a favor la servidumbre.
  • SIRVIENTE el que presta la utilidad, el que sufre la servidumbre.

Características:

  1. La servidumbre nunca consiste en un hacer por parte del dueño de la cosa grabada, sino en un abstenerse de hacer o soportar que otro haga.
  2. No se puede construir una servidumbre sobre cosa propia.
  3. Son indivisibles.
  4. Los fundos dominante y sirviente han de ser vecinos.
  5. Debe proporcionar utilidad o beneficio al fundo dominante, no solo a su propietario.
  6. Es inherente al fundo.
  7. El ejercicio de la servidumbre se ha de sujetar a los límites de la estricta necesidad.

CLASES: rústicas (conceder al fundo dominante una utilidad) urbanas (a favor de fundo urbano)

CONSTITUCIÓN:

Por diferentes vías:

  • Sobre suelo itálico: por mancipatio o por in iure cesio y por dedutio.
  • Sobre suelo provincial: no era posible constituir serv, pero el i.honor. lo admiti.

Más adelante desaparece la dif entre suelo itlico y provincial. servid:

  • Mediante negocio mortis causa.
  • Por usucapión o ejercicio continuado de la servidumbre.
  • Construir serv. mediante la ley en el derecho post clásico.
  • Constitución tacita de las serv. en el derecho Justiniano.

Extinción: por confusión, por renuncia del titular del fundo dominante, por non sus, por destrucción del precio dominante.

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