Derechos y Principios Fundamentales del Trabajo: Contrato y Relación Laboral

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Definición y Marco Legal del Trabajo

Trabajo: Todo comportamiento humano destinado a la producción de algo. El trabajo reafirma la realización social del hombre.

Marco Jurídico en Uruguay

  • Artículo 53: Establece el derecho y deber de trabajar como forma digna para obtener el sustento. Reconoce: justa remuneración, descanso semanal, limitación de la jornada, etc.
  • Artículo 7: Reconoce el derecho de todos los habitantes a ser protegidos en el goce de su trabajo.

Principios Fundamentales del Derecho Laboral

Los principios sirven para extender, inspirar y suplir las normas.

Principio Protector

Se protege a la parte débil dentro de la relación de trabajo: el trabajador. Compuesto por 3 reglas:

  1. Regla in dubio pro operario: Cuando cabe más de una interpretación posible a una norma, se debe optar por la que le da mayor beneficio al trabajador.
  2. Regla de la norma más favorable: Cuando hay más de una norma aplicable, se debe tomar la más favorable para el trabajador.
  3. Regla de la condición más beneficiosa: La aplicación de una norma no puede reducir las condiciones más favorables en las que se encontraba el trabajador.

Principio de Irrenunciabilidad

No se puede renunciar a las ventajas concedidas por el Derecho Laboral, por ejemplo, al goce de la licencia o a los descansos semanales.

Principio de Continuidad

Las relaciones laborales tienden a ser permanentes en el tiempo, dándole seguridad y estabilidad al trabajador. Si el contrato no tiene fecha de finalización, el empleador puede disolverlo, pero debe pagarle al empleado el despido.

Principio de Primacía de la Realidad

Prima siempre la relación de trabajo sobre el contrato. Se debe priorizar la realidad, los hechos, cuando estos se contradicen con los documentos.

Principio de Buena Fe

Una forma de proceder que se espera como correcta en ciertas situaciones. Si es violado, se puede despedir por Notoria Mala Conducta. Ejemplo: el empleador debe crear un buen ambiente de trabajo y el empleado cuidar las instalaciones.

El Contrato de Trabajo

El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas. Elementos del contrato: consentimiento de las partes, un objeto lícito, etc.

Características del Contrato de Trabajo

  • Actividad Personal: De carácter personalísimo.
  • Onerosidad: El contrato laboral es remunerado.
  • Durabilidad: Tienden a ser permanentes o estables en el tiempo.
  • Subordinación:
    • a) Técnica: No es fundamental para una relación de trabajo. El empleador es quien conoce la tarea del trabajador y lo controla y dirige.
    • b) Económica: No es fundamental. Dependencia económica del trabajador para con el empleador.
    • c) Jurídica: Es fundamental para que exista una relación. Superioridad jurídica por parte del empleador.

Potestad Disciplinaria y Jus Variandi

De la subordinación jurídica surge la Potestad Disciplinaria: poder de dirección del empleador sobre los trabajadores. Ese poder da un derecho: Jus Variandi, es el derecho a variar. Si esa variación afecta el derecho del trabajador, se denomina Jus Variandi Abusivo.

Indicios de Subordinación Jurídica

  • Determinación de la jornada de trabajo.
  • Marcado de tarjeta.
  • Entrega de uniforme.
  • Aplicación de sanciones.
  • Fijación de horario.

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